El Bono Invierno beneficiará este año a más de 1 millón de personas.
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El monto, según la Ley de Presupuesto, asciende a $59 mil 188, y no será imponible ni estará sometido a descuento alguno.
El beneficio busca ayudar a los pensionados y pensionadas a enfrentar de mejor manera los gastos propios de la época invernal.
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Tener 65 años o más al 1 de mayo de 2017.
Cabe mencionar que no tendrán derecho al beneficio quienes sean titulares de más de una pensión de cualquier tipo, incluído el seguro social o de pensiones de gracia, salvo que éstas no excedan el valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 años o más, a la fecha de pago del bono.
¿Quiénes lo pueden cobrar?
Los pensionados de:
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- El Instituto de Previsión Social.
- Pensiones Básidas Solidarias.
- Del Instituto de Seguridad Laboral.
- De la Dirección de Previsión Social de Carabineros (Dipreca).
- De la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
- De las Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo.
- De AFP y Compañías de Seguros que percibieron en el mes de mayo de 2017 el beneficio de Aporte Previsional Solidario de Vejez.
- De AFP Compañías de Seguros beneficiados con Garantía Estatal.
¿Cómo cobrar el dinero?
No debe solicitarse. En el caso del IPS, el bono se incluye en la misma liquidación de pago de pensión y en su fecha de pago habitual a lo largo del mes de mayo. En caso de las otras instituciones previsionales, cada una de ellas deberá tomar las medidas necesarias para canalizar la entrega del beneficio.
¿Cuál es la vigencia del beneficio?
Está vigente mientras el beneficiario cobre la pensión en la que se incluye el bono.