Opinión

Los tipos de jubilación

  1. Director de Economía para todos – www.economiatodos.cl

Actualmente la ley establece una edad mínima para acceder a jubilación por vejez. En el caso de los hombres, asciende a los 65 años y en el caso de las mujeres a 60. Lamentablemente, la mayoría de los chilenos no logra acumular ahorros suficientes para jubilarse anticipadamente, por tanto deben esperar hasta la edad mínima legal para poder retirarse del mercado laboral. Ahora bien, ¿cuáles son las opciones de jubilación, cumplido ese plazo? Hay cuatro modalidades.

La primera modalidad se denomina “Retiro Programado”. Bajo este esquema la AFP paga un monto mensual de jubilación a partir de los ahorros de la persona. Esta pensión se calcula y actualiza cada año en función del saldo de ahorros que va quedando tras el pago de pensiones, los que de todas formas se siguen invirtiendo. Aun así, el monto de la pensión disminuye con el tiempo. En esta opción el afiliado siempre mantiene la propiedad de sus ahorros y puede cambiarse de AFP y modalidad de pensión. En caso de fallecimiento, con los ahorros a la fecha se continuarán pagando pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios (hijos y cónyugue).

La segunda modalidad se denomina “Renta Vitalicia”. En este caso, el afiliado cede la totalidad de sus ahorros a una compañía de seguros, quien a cambio se obliga a pagar una pensión mensual fija en UF para toda la vida del afiliado y, fallecido éste, a sus beneficiarios. Así, el afiliado pierde la propiedad de sus ahorros. Esta alternativa es irrevocable, por lo que no es posible cambiarse de compañía  o de modalidad de pensión.

La tercera opción es una “Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida”. En esta modalidad un afiliado traspasa parte de sus ahorros a una compañía de seguros de vida, quien a cambio se ofrece a pagar una pensión mensual fija en UF de por vida a partir de una fecha futura. Mientras tanto, con los ahorros que quedaron en la AFP, el afiliado retira pensiones temporales.

Finalmente, la cuarta alternativa es una “Renta Vitalicia con Retiro Programado”. En esta opción el afiliado divide sus ahorros para contratar simultáneamente una renta vitalicia con una compañía de esguros y una pensión por retiro programado con una AFP. En este esquema, el afiliado cede parte de sus ahorros a la aseguradora, mientras que conserva los que decide mantener en una AFP. La suma de la pensión mensual fija en UF de la aseguradora y la pensión mensual variable anual de la AFP originará la pensión total del afiliado.

Es importante que las personas se asesoren y determinen minuciosamente que modalidad de pensión satisface mejor sus expectativas. A su vez, es importante comparar y determinar que AFP, o que compañía de seguros, ofrece la mejor opción.

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