Ni la lluvia ni el viento, por sí mismos, no pueden ser consideradas causas de fuerza mayor para no dar las compensaciones económicas a los usuarios en casos de cortes de luz, afirmó el superintendente de Electricidad y Combustibles, Luis Ávila.
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En conversación con T13 Radio, Ávila reiteró que «el cliente de una empresa que estuvo sin energía por muchas horas va a recibir compensación en su boleta subsiguiente de manera automática».
En caso de que Enel Distribución argumente causas de fuerza mayor, el superintendente de la SEC dijo que «la lluvia por sí misma no es fuerza mayor, el viento tampoco, lo que podría ser es un letrero que vuela, una planta que daña».
En cuanto a las personas que sufrieron daños en artefactos eléctricos, dijo que deben hacer un reclamo ante la SEC o la propia compañía. Este debe ser rápido, enfatizó, ya que «requiere catastrarse y verificarse el daño».
Además, «aquellos que a propósito de la pérdida de energía hayan tenido otro tipo de afectación como pérdida de mercadería, eso está protegido por la ley de derechos del consumidor y hay que verlo en el Sernac».
«Los comerciantes tienen que verificar en el Juzgado de Policía Local», finalizó.