Economía

Banco Central publica nueva normativa sobre emisión y operación de tarjetas de prepago

Hoy entró en vigencia el nuevo marco regulatorio.

El Banco Central publicó en marzo de este año una consulta al mercado financiero sobre nuevas normas sobre emisión y operación de tarjetas de pago con provisión de fondos (prepago) por entidades no bancarias, por lo cual recibió más de 220 comentarios.

Finalmente, hoy se publicó el marco regulatorio que incorpora un conjunto de modificaciones que buscan aumentar la oferta de servicios a los comercios adheridos a las redes de pago, entre las cuales destaca permitir de manera explícita el desarrollo de un “modelo de 4 partes”, en el que la emisión y la adquirencia no necesariamente se vinculan de manera directa, lo que facilitaría la oferta de servicios de operación a los comercios y demás entidades adheridos a redes de pago.

Los cambios incorporados a partir de los comentarios recibidos son los siguientes:

 

  1. Ajustes a los algoritmos de requisitos de capital para emisores de Tarjetas de Crédito y Tarjetas de Prepago.
  2. Autorización de nuevas modalidades de abono y descarga para las Tarjetas de Prepago, incluyendo transferencias y giros a través de cajeros automáticos.
  3. Sustitución en la nomenclatura de los Proveedores de Servicios a los Comercios, que pasan a llamarse Proveedores de Servicios de Procesamiento de Pagos (PSP), y aumento en el límite de transacciones que pueden liquidar sin necesidad de constituirse como Operadores.
  4. Modificaciones en la definición de Operador de Tarjetas, permitiendo que las actividades de autorización y registro de las transacciones puedan ser realizadas por PSP, quedando de esta forma la definición de Operador acotada exclusivamente a la liquidación de los pagos a las entidades afiliadas.
  5. Los Emisores u Operadores que deleguen la autorización y registro a un PSP deberán informarlo a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) y tratar a estas entidades como proveedores críticos.

Asimismo, se recibieron varios comentarios relacionados con la libre competencia en esta industria. La normativa dictada por el Banco ha procurado incorporar principios y exigencias generales que contribuyan a dicho objetivo, dentro del marco de sus atribuciones, sin perjuicio que existen otros aspectos que, al exceder las competencias del Banco, requerirán ser tratados a nivel legal o bien mediante el ejercicio de las funciones y facultades conferidas a los órganos especialmente encargados de su defensa.

«Esta nueva normativa dictada por el Banco rige desde el momento de su publicación en el Diario Oficial hoy viernes 30 de junio, sin perjuicio de la entrada en vigencia diferida de algunas exigencias específicas según lo previsto en sus disposiciones transitorias, y de las instrucciones necesarias para su implementación y cumplimiento que corresponde impartir a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras», señalaron desde el ente emisor.

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