Economía

Sernac: eléctricas tienen 10 días para informar cómo compensarán a consumidores

Si las empresas no compensan “adecuadamente” serán demandadas por el organismo.

Tras los prolongados cortes de luz que han afectado a diversas comunas de la Región Metropolitana, que incluso se han extendido por más de 72 horas en algunos sectores, el Sernac ofició a las empresas distribuidoras de electricidad Enel y CGE.

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El propósito de esta gestión es que las empresas informen, en un plazo de 10 días, los motivos de las demoras en la reposición del suministro y cómo van a compensar a los consumidores afectados.

 

Desde el sábado pasado hasta este lunes, el Servicio ha recibido 466 reclamos por los cortes de luz, y más de 350 menciones en twitter por este tema, los cuales apuntan en un 91% a Enel y un 9% a CGE.

 

Tras el anterior temporal que afectó a gran parte del país el pasado 16 de junio, y que en algunos casos se prolongó por casi tres días, el Sernac recibió 2.041 reclamos. Además, las municipalidades de Conchalí, Las Condes, Renca y Quilicura, remitieron cartas al Sernac, solicitando información y poniendo a disposición antecedentes de sus vecinos afectados.

Tras los oficios enviados en esa ocasión, el Sernac anunció la disposición a iniciar mediaciones colectivas con los proveedores que acepten esta instancia extrajudicial y voluntaria. Esto, porque las mediaciones permiten soluciones más rápidas y efectivas para los consumidores sin esperar el resultado de un juicio que puede durar años. Pero en los casos de las empresas que han respondido que no están disponibles a compensar o bien, las que respondieron que la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) no es competente, serán demandadas por el Servicio.

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En el caso de la nevazón, Muñoz añadió que si bien se entiende que es un hecho poco habitual en Santiago, este evento se había anunciado con anterioridad, por lo que lo mínimo que las empresas eléctricas debieron tener disponibles la mayor cantidad de cuadrillas para enfrentar las emergencias. “Este evento se produce en circunstancias en que las empresas ya deberían haber tenido planes de contingencia robustos para enfrentar este tipo de coyunturas. No es posible que tengamos consumidores con más de 72 horas sin suministro eléctrico”.

 

Agregó que “en estos casos, las empresas, sin perjuicio de que puedan enfrentar los cortes, tienen también que hacer las inversiones adecuadas para poder responder con rapidez la reposición del servicio, cuando esto no ocurre, hay infracción, no sólo a la ley sectorial, sino también a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores que le producen daños evitables a los usuarios”.

Ernesto Muñoz agregó que el Sernac está en coordinación con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que es la entidad técnica que fiscaliza y puede imponer multas, pero “independiente de las eventuales sanciones que determine la autoridad sectorial, las empresas deben compensar el daño provocado a los consumidores. “Estos cortes prolongados de electricidad le provocaron mucho daños a las familias, por ejemplo, las que perdieron alimentos, sin mencionar aquellas que tienen personas enfermas y que necesitan de la electricidad para seguir sus tratamientos médicos”.

Por otro lado, la autoridad enfatizó que si un consumidor tuvo un daño mayor en su casa producto de variaciones bruscas de voltaje, por ejemplo, quemas de aparatos eléctricos, puede acudir al Sernac para que realice una mediación que busque solución antes de llegar a tribunales. En caso de que su problema no sea resuelto, podrá exigir las indemnizaciones correspondientes en la Justicia amparado en la Ley del Consumidor. Actualmente es importante reclamar para que el Servicio tenga la información para realizar acciones colectivas.

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