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Contraloría recuerda: estas son las cosas que no podrán hacer los funcionarios públicos en épocas de elecciones

El organismo publicó un documento destinado a velar por la probidad en el área pública ante el escenario de votaciones del próximo 19 de noviembre.

El próximo 19 de noviembre se realizarán las elecciones presidenciales y parlamentarias y con el objetivo de mantener la probidad en todo el servicio público, la Contraloría General de la República publicó las instrucciones para evitar caer en actividades proselitistas no permitidas por la ley.

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En ese sentido, lo grueso del mensaje está destinado a los funcionarios públicos, como miembros del Gobierno, senadores, diputados, alcaldes, concejales, entre otros, quienes no podrán realizar actividades en pro o en contra de ningún candidato usando recursos del Estado de cualquier tipo.

Así, el texto precisa que queda prohibido “emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros, incluyendo candidaturas, tendencias o partidos políticos”.

También indica que está limitado “ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales, incluyendo la participación en campañas, reuniones o proclamaciones de carácter político”

El texto sigue indicando que “los servidores del Estado se encuentran impedidos de realizar, en el ejercicio del cargo y dentro de la jornada, toda actividad política, emplear con propósitos proselitistas recursos públicos, sean bienes muebles o inmuebles, vehículos, medios de información, y en general, cualquier otro recurso destinado -al cumplimiento de la función pública”.

Así, precisa que se incluyen “los equipos computacionales o sistemas de información digital que los órganos de la Administración del Estado colocan a su disposición para el cumplimiento de las labores que el ordenamiento jurídico les encarga”.

Finalmente, se recuerda que “no pueden los funcionarios, durante el ejercicio de sus funciones, llamar a votar por candidatos determinados, ni por conglomerados constituidos para fines políticos electorales. Tampoco pueden permitir que los beneficios que el Estado otorgue sean identificados en su entrega real por candidato alguno”.

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