El aborto es legal en Chile, en tres causales, o al menos está en vías de serlo tras su paso invicto por el Tribunal Constitucional. Ahora resta la creación del reglamento particular que acompaña a la ley y luego su promulgación. Lo que más se ha discutido principalmente es su aplicación en tres causales, pero no se ha profundizado mucho en los otros detalles de la ley. ¿Cómo cuáles?
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Fetos para otros usos
Durante los últimos meses (y par de años también) se han escuchado muchas opiniones respecto a la ley de aborto y a sus consecuencias. La frase «vamos a hacer crema con los fetos», dicha por el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez generó bastantes reacciones, pero nunca se habló sobre si eso podría pasar o no. La respuesta es no.
El proyecto de ley presentada por el Gobierno «sanciona al que destine, en cualquier momento, con ánimo de lucro o para fines distintos de los autorizados por la ley de transplantes, órganos, tejidos o fluidos humanos provenientes de una intervención propia de la interrupción del embarazo».
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También mucho se ha especulado sobre la posibilidad de que la práctica de un aborto se tome desde un punto de vista comercial y publicitario. Ante esto, el proyecto también contempla la «prohibición de publicidad sobre la oferta de centros, establecimientos o servicios de salud, para la práctica de la interrupción del embarazo».
Sumado a que no se trata de un proyecto de aborto libre, sino que solo en tres causales, este detalle en la ley prohibiría toda esa idea de la existencia de carteles de «aborto aquí». En Chile esto no podrá pasar.
Información objetiva
Sobre las probabilidades de que una mujer violada o con inviabilidad fetal pueda ser influenciada a optar por un aborto, éstas también son parte del mito. El proyecto de ley regula que la mujer reciba información objetiva.
«Esta instancia (la intervención) debe ser respetuosa de la decisión de la mujer y no tendrá por finalidad influir en su voluntad», señala el proyecto de ley del Gobierno. «A su vez, en las causales segunda y tercera, se le entregará a la mujer información por escrito sobre las alternativas a la interrupción del embarazo, incluyendo programas de apoyo social y económico disponibles», continúa el documento.
Es decir, con documentación en mano, la mujer podrá decidir si se practica un aborto o si sigue adelante con el embarazo, teniendo claras las consecuencias de su decisión, pero también la red de apoyo que el Gobierno posee para ella.