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252 candidaturas fueron rechazadas por el Servel a tres meses de las elecciones

El organismo informó que el 9% de las candidaturas presentadas no cumplen con distintos requisitos para ser oficializadas

El Servicio Electoral (Servel) entregó la nómina de candidaturas de candidaturas aceptadas para las elecciones que se realizarán el próximo 19 de noviembre. Tras revisar un total de 2.833 declaraciones, 252 postulaciones resultaron rechazadas por no cumplir con los requisitos mínimos estipulados por la Ley.

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Los rechazos implican el 9% del total de los inscritos, los que se explican por no cumplir con alguno de los criterios exigidos en la legislación vigente, tales como poseer nacionalidad chilena, la edad requerida para desempeñar cada cargo, acreditar enseñanza media en el caso de los senadores y diputados, y tener residencia de al menos dos años en la región del distrito electoral al que postulan
Además, este año debutó la exigencia legal del porcentaje de sexo en las candidaturas que presentaron las colectividades, donde ni hombres ni mujeres pueden superar el 60%.

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Para el cargo de senador, todos los partidos cumplieron con dicha norma; mientras que para el de diputado, dos colectividades no lo hicieron, situación que lograron superar dentro del plazo legal para ello.

Según la información analizada por el Servicio en este proceso, resultaron aceptadas seis candidaturas presidenciales, 124 a senadores, 910 a diputados y 1.541 a consejeros regionales.

En este contexto, la Región Metropolitana de Santiago -que es la que cuenta con el mayor porcentaje de población y electores y, por tanto, elige más cargos- lidera el listado de candidaturas aceptadas, con 484. Le sigue la Región de Valparaíso, con 268; y la Región del Biobío, con 236.

En cuanto a los pactos, se formalizaron siete alianzas parlamentarias y nueve para consejos regionales. Del mismo modo, hay dos partidos que llevan listas parlamentarias sin constituir pactos y otros tres que tienen sus propias listas para cores.

Desde la interposición del reclamo, dichos tribunales cuentan con diez días para emitir su fallo. Finalmente, a las 9:00 horas del tercer día de expirado el plazo anterior, en audiencia pública se realizará el sorteo con las listas declaradas por los partidos políticos o pactos electorales para determinar su orden de precedencia en la respectiva cédula electoral.

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