En votación unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT) que ordenó al Servicio de Impuestos Internos (SII) entregar información sobre donaciones a corporaciones y fundaciones sin fines de lucro.
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La Undécima Sala del tribunal de alzada ordenó al SII revelar los antecedentes, tras establecer que dichos datos no están bajo secreto tributario.
«Coincidiendo con lo expuesto por el Consejo para la Transparencia, la divulgación de la información relativa al nombre, Rut y rubro de las personas jurídicas de giro comercial, y que hayan efectuado donaciones y la fecha en que fueron efectuadas, sin indicar el monto de la donación, no son datos reservados», determinó el fallo judicial.
La resolución agregó que «la decisión de entregar información relacionada con la individualización de los donantes que sean personas jurídicas de giro comercial y la fecha en que hicieron la donación, debiendo reservarse, en todo caso, el monto o cuantía de dichas donaciones, no permite vislumbrar una afectación o perjuicio a sus derechos».
El secreto tributario, agregó, «debe entenderse referido a los datos patrimoniales de los contribuyentes y no a toda la demás información genérica de éstos que posea el servicio».