Luego de tres años en el Congreso, finalmente el proyecto que modifica las atribuciones del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) vio la luz y está listo para convertirse en ley.
Ayer la Cámara de Diputados despachó la iniciativa que tendrá que esperar seis meses desde su promulgación para entrar en vigencia.
“Hemos salido con una ley que va, obviamente, a ayudar a los consumidores a ser respetados por el mercado”, destacó el ministro de Economía, Jorge Rodríguez Grossi.
Dentro de las nuevas atribuciones que tendrá el Sernac, la autoridad destacó la fiscalización previa y la aplicación de multas, que pueden llegar hasta las 2.250 UTM. Además, se elimina la prohibición de reclamar la indemnización por daño moral, aumenta el plazo de prescripción de seis meses a dos años y fortalece a las asociaciones de consumidores (podrán entregar asesoría jurídica a los consumidores, entre otros aspectos).
A su vez, el director del Sernac, Ernesto Muñoz, destacó que “se han votado casi todas las normas por unanimidad y esto demuestra que el proyecto de ley que presentamos para fortalecer la protección de los derechos de los consumidores es un tema país” y que el organismo ahora tendrá un rol más “empoderado”.
El proyecto de ley contempla el aumento de cobertura del Servicio, a través de la apertura de diez nuevas oficinas provinciales.
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“Hemos salido con una ley que va, obviamente, a ayudar a los consumidores a ser respetados por el mercado”, destacó el ministro de Economía, Jorge Rodríguez Grossi.
¿Qué puede hacer ahora el Sernac?
- Empresas estarán obligadas a responder los reclamos.
- Se abren espacios de conciliación para que se lleguen a acuerdos que sean satisfactorios para ambos, dando preferencia a una reparación por sobre la imposición de multas.
- Con facultades fiscalizadoras el Sernac podrá detectar con mayor facilidad incumplimientos e infracciones a la ley por parte de las empresas, particularmente en mercados complejos.
- Si la solución no es satisfactoria, el Sernac podrá iniciar un procedimiento sancionatorio para imponer multas a las empresas involucradas.
- Se elimina la prohibición de reclamar la indemnización por daño moral.
- Aumenta el plazo de prescripción de 6 meses a 2 años
- La facultad de dictar normas permitirá que las empresas tengan un marco conocido para ordenar su comportamiento.
- Fortalece a las asociaciones de consumidores (podrán entregar asesoría jurídica a los consumidores, realizar mediaciones individuales a solicitud de un consumidor y también realizar conciliaciones individuales).
- Facultades sancionatorias: las menores infracciones corresponden a nivel “de baja gravedad y sanción supletoria” con hasta 300 UTM de multa. La más grave dice relación con prácticas que pueden afectar la salud, seguridad y medio ambiente o derechos fundamentales, arriesgando hasta 2.250 UMT.