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Bachelet promulga este jueves la ley de desmunicipalización de la educación

La iniciativa forma parte de la gran reforma emblemática del Gobierno, que incluye la gratuidad de la educación superior y la Ley de Inclusión, que puso fin al lucro, al copago y a la selección en los establecimientos de la enseñanza básica y media.

La Presidenta Michelle Bachelet promulgará hoy en La Moneda, a las 9:15 horas, la ley de Nueva Educación Pública, más conocida como de desmunicipalización de la educación, despachada por el Congreso el 3 de octubre pasado.

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La iniciativa forma parte de la gran reforma emblemática del Gobierno, que incluye la gratuidad de la educación superior y la Ley de Inclusión, que puso fin al lucro, al copago y a la selección en los establecimientos de la enseñanza básica y media.

La nueva ley busca promover una educación pública gratuita, de calidad, laica y pluralista; que impulse la inclusión social y cultural, la equidad, la tolerancia, el respeto a la diversidad y la libertad, debiendo en ello considerarse las particularidades locales y regionales que garanticen el ejercicio del derecho a la educación a todas las personas, en sus distintos niveles y modalidades, y en todo el territorio nacional.

El sistema estará integrado por el Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Pública; por los Servicios Locales de Educación Pública y por los establecimientos educacionales, con sus distintos niveles y modalidades educativas, los que hoy son administrados por las municipalidades y corporaciones municipales.

Además encarga al Ministerio de Educación, a propuesta de la Dirección de Educación Pública, oyendo a las Comisiones de Educación de la Cámara de Diputados y del Senado, y previa aprobación del Consejo Nacional de Educación, establecer la Estrategia Nacional de Educación Pública.

Esta tendrá por objeto mejorar la calidad de la educación provista por los establecimientos educacionales integrantes del sistema, propendiendo al pleno desarrollo de ésta; y tendrá una duración de ocho años, pudiendo modificarse luego de una evaluación a la mitad de dicho periodo o cuando por razones fundadas, debidamente calificadas, así se determine.

La Dirección de Educación Pública será un servicio público centralizado, dependiente del Ministerio de Educación, encargada de velar por la coordinación de los Servicios Locales de Educación Pública y que éstos provean una educación de calidad en todo el territorio nacional, para lo cual deberá proponer al Ministerio de Educación, la política nacional de fortalecimiento de la educación pública. Fija su organización interna, sus funciones y atribuciones.

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Los colegios pertenecientes al Sistema de Educación Pública deberán contar con un proyecto educativo institucional, concordante con el objeto y principios del Sistema de Educación Pública; reconocer la identidad y características de los estudiantes y de la comunidad educativa respectiva y orientar el desarrollo de los diferentes planes y acciones que se lleven a cabo en el establecimiento.

El proyecto contempla la creación de 70 Servicios Locales de Educación Pública, entendidos como organismos administrativos encargados de la provisión del servicio público educacional, los que ejercerán su competencia en unidades territoriales y serán, para todos los efectos, los sostenedores de los establecimientos educacionales de su dependencia.

La dirección y administración de cada uno de estos servicios estará a cargo de un director ejecutivo, quien será el jefe superior del servicio, nombrado por el Presidente de la República, mediante el proceso de selección de altos directivos públicos. Durará 6 años en su cargo.

Los Consejos Locales de Educación Pública serán colaboradores del director ejecutivo, los que representarán ante éste, los intereses de las comunidades educativas a fin de que el respectivo servicio educacional considere adecuadamente sus necesidades y particularidades.

Además, se establece por ley un financiamiento propio para el sistema de educación pública, el que será del tipo directo, esto es, principalmente a través de las correspondientes asignaciones de recursos que anualmente contemple la Ley de Presupuestos del Sector Público.

Asimismo, mediante disposiciones transitorias, se regula la gradualidad de la transición hacia la nueva institucionalidad y los mecanismos de traspaso del servicio educacional desde los actuales sostenedores a los servicios locales, considerando el traspaso de bienes, del personal y el plan de transición para que se produzca en las mejores condiciones posibles.

Del total de 70 Servicios Locales de Educación en Chile, dos se van a establecer e implementar en este 2017; otros dos en 2018; tres en 2019, y cuatro en 2020. Es decir, 11 Servicios Locales de Educación operarán en los primeros tres años de implementación de este proyecto.

Luego, un Consejo de Evaluación que va a funcionar entre 2021y 2022 realizará el monitoreo, la evaluación de la marcha e implementación de este proyecto de ley, de modo que todo el proceso de traspaso de los más de 5.000 establecimientos educacionales quedará implementado hacia el 2030.

Finalmente, se contempla una norma transitoria para que aquellos municipios que estén haciendo una buena gestión, que tengan buenos resultados de desempeño, -sin deudas con los profesores o previsionales o de remuneración- y que tengan un buen ranking, entre otras, puedan postergar el traspaso del servicio educacional.

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