A fines de octubre y luego de tres años, la ley que le entrega más atribuciones a un reforzado Sernac fue despachada por el Congreso y solo falta que sea promulgada.
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Sin embargo, mientras la norma pasa por un trámite en el Tribunal Constitucional para su revisión, la Cámara Nacional de Comercio y Turismo de Chile hizo una última jugada que generó la molestia del Gobierno.
El gremio presentó ante esa instancia un “téngase presente”, un documento en el cual solicita que se tengan en consideración ciertos argumentos en contra del proyecto de ley que refuerza al Sernac.
Dicha acción fue considerada como «un repudiable intento de eliminar las facultades del Sernac para defender a los consumidores”. Mientras la CNC contestó a esas afirmaciones señalando que “nos sorprende y preocupa el tono utilizado, así como las acusaciones infundadas que se nos imputan”.
Este jueves, el ministro de Economía volvió a la carga en el asunto, afirmando que la entidad no tiene derecho a presentar ese documento. “Quienes tienen derecho a recurrir al Tribunal Constitucional son el Presidente de la República, el Senado, la Cámara de Diputados, los parlamentarios, no particulares», dijo en una entrevista radial.
¿Quién tiene la razón? “Efectivamente, el ministro de Economía está en lo correcto”, afirma Felipe Bravo, abogado de derecho comercial de la Universidad Católica.
Sin embargo, añade que es común que en muchos proyectos de ley ciertas personas o grupos pidan que la instancia solo revise sus argumentos al respecto, pero aclara que “una cosa distinta es que la CNC pueda exigir que se revise un asunto. Eso no es posible”.
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Según explica María Fernanda Juppet, experta en temas económicos y Directora de la carrera de Derecho U. San Sebastián, lo que está argumentando la CNC contra la norma es principalmente un “rol de juez y parte que tendría el Sernac”, lo que sería “discutible en su constitucionalidad”.
Pero la especialista subraya que dicha presentación de argumentos hecha por el gremio “no obliga al Tribunal Constitucional más que a tenerlos a la vista”, sin ninguna consideración particular.
La mayoría de las leyes no requieren pasar por el TC, salvo las que tienen alguna norma de carácter orgánico-constitucional como es el caso. Eso precisamente da una ventana a la CNC para tratar de cambiar la ley.
Bravo explica que si algunas de esas normas criticadas por el gremio el TC las califica con dicho rango legal “y además, son inconstitucionales, puede ordenar su eliminación del texto del proyecto de ley”.