Economía

Aprueban ley que permitirá a padres usar licencias médicas para cuidar a hijos con enfermedades graves

Se estima que más de 3 millones de trabajadores se verán beneficiados con esta cobertura.

Con la aprobación unánime del Senado se dio luz verde al proyecto de ley que establece un Seguro para el Acompañamiento de los Niños y Niñas (Sanna) afectados por una condición grave de salud, y que ahora quedó listo para su promulgación.

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¿Qué establece este beneficio? Los padres o madres trabajadores podrán usar una licencia médica hasta por 90, 60 o 45 días, según corresponda, para acompañar a sus hijos entre 1 y 18 años que se encuentren afectados por una condición grave de salud y de alto riesgo vital. En este caso recibirán una prestación económica que reemplaza, total o parcialmente, la remuneración financiada por este seguro.

Se estima que más de 3 millones de trabajadores se verán beneficiados y más de 4.000 niños podrán contar con el cuidado de sus padres en momentos difíciles.

Al respecto, la ministra del Trabajo, Alejandra Krauss, expresó que “hemos recorrido un largo camino legislativo para llegar el día de hoy y así poder entregar certezas a las familias afectadas”, al tiempo que hizo un reconocimiento a las oncomamás, “quienes han hecho un gran trabajo de concientización sobre una realidad dramática”.

Por su parte la subsecretaria de Previsión Social, Jeannette Jara remarcó que “esta ley permitirá que los padres y madres trabajadores de niños y niñas afectados por una condición grave de salud, como el cáncer, los trasplantes, los desahucios y los accidentes graves y de alto riesgo vital, puedan contar con una licencia médica, con el objeto que puedan acompañarlos y cuidarlos durante su recuperación, es una gran noticia”.

Cobertura del seguro

Entre las condiciones de salud que cubrirá el seguro están:

  1. cáncer
  2. trasplante
  3. estado terminal
  4. accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional severa y permanente.

Cada una de estas afecciones se irán sumando de forma gradual, partiendo por el cáncer y sus cuidados paliativos y luego se irán incorporando las demás.

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Según el calendario establecido por la ley, la cobertura comenzará el primer día del mes subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial, con el seguro para cáncer y los tratamientos de alivio del dolor y cuidados paliativos cuando esta enfermedad esté en estado avanzado.

Las fechas siguientes son:

  1. El 1° de julio de 2018 los trasplantes;
  2. el 1° de enero de 2020 cobertura fase o estado terminal de la vida
  3. el 1° de diciembre de 2020 accidentes graves.

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