Durante la mañana de este jueves la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, promulgó la «ley Sanna». Esta nueva norma permitirá a los padres de niños con enfermedades graves poder acompañarlos durante sus procesos y tratamientos.
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«Con esta ley hoy día estamos creando el Seguro para el acompañamiento de los niños y niñas, que hemos llamado SANNA, Seguro de Acompañamiento de Niños y Niñas. Respondemos así, desde el Estado, con responsabilidad y con visión de Estado a una demanda sentida de los padres y madres de niños y niñas que tienen condiciones graves de salud, como el cáncer, la necesidad de realizar un trasplante, la fase o estado terminal de la vida y los accidentes graves y de alto riesgo vital», señaló la mandataria durante el acto oficial.
¿De qué ése trata?

Este seguro permitirá a los padres y a las madres que son trabajadores, la posibilidad de ocuparse personalmente del cuidado, atención y acompañamiento de su hijo o hija durante su enfermedad. Hasta ahora en nuestro país sólo existía una la licencia por enfermedad grave de un niño menor de un año. La que al año y un día ya no corría. La nueva ley responde, hasta los 18 años de edad, cuando está en alguna de las categorías de enfermedad grave.
Con el seguro, el padre o madre trabajadora puede ausentarse del trabajo justificadamente y reintegrase posteriormente a él, manteniendo un ingreso para cubrir las necesidades de su familia. Además, recibirá un subsidio. Se trata de un Seguro obligatorio, solidario y contributivo. Y según explicó la mandataria «lo importante es que se financia con una cotización muy pequeña que pagan actualmente los empleadores. Es decir, esto no significa un nuevo aporte, sino redestinar los recursos».
¿A quién beneficia?
Serán beneficiarios de este seguro todos los trabajadores dependientes, tanto del sector público como del sector privado, los trabajadores independientes que cotizan y los trabajadores temporales que se encuentren cesantes y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
Beneficiará un universo de más de 3 millones de trabajadores con hijos e hijas menores de edad, y cerca de 4 mil niños podrán contar con el cuidado, cariño y acompañamiento de sus padres, en caso de presentarse una condición de salud grave.

¿Qué condiciones específicas?
Del cáncer; los trasplantes de órgano, trasplante de médula y similares; la fase o estado terminal de la vida y los cuidados paliativos en caso del cáncer avanzado; el accidente grave con riesgo de muerte o secuela funcional grave y permanente.
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Y las coberturas del Seguro partirán en forma gradual. Se va a partir con el cáncer y los cuidados paliativos de esta enfermedad.
Luego se irán incorporando las demás situaciones, como los trasplantes, los enfermos terminales y, finalmente, los accidentes graves.
¿Cómo funcionará la ley?
La ley entrará en vigencia de forma paulatina hasta 2020 y la primera enfermedad cubierta será el cáncer.
A partir del primer día del mes subsiguiente a la publicación de la ley tendrán cobertura del seguro el tratamiento de cáncer y los tratamientos destinados al alivio del dolor y cuidados paliativos por cáncer avanzado.
Para los casos de tratamientos destinados al alivio del dolor y cuidados paliativos por cáncer avanzado, hasta el 31 de diciembre de 2019 la licencia para cada trabajador o trabajadora será de hasta 60 días por cada hijo o hija afectado. Contados desde el inicio de la primera licencia y pudiendo ser extendida hasta el eventual deceso del menor.
La cobertura de la contingencia de fase o estado terminal de la vida se iniciará a partir del 1 de enero de 2020, hasta producido el deceso del menor.