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Justicia ordena a Tur Bus pagar $100 millones a familiares de pasajera que terminó con serias lesiones en tragedia carretera

El caso se remonta a noviembre de 2010 cuando una máquina de esa empresa de transportes de pasajeros chocó frontalmente contra un camión dejando 20 fallecidos.

Era 23 de noviembre de 2010 y una máquina de la empresa Tur Bus protagonizaba un accidente que venía a coronar un año lleno de tragedias para el país. Al menos 20 personas fallecieron luego que el conductor perdiera el control del bus y terminara impactando de frente a un camión. A más de 7 años de ocurrido ese hecho, la Justicia se pronunció al respecto y ordenó a la compañía de transportes de pasajeros pagar una indemnización millonaria a los familiares de una pasajera que quedó seriamente lesionada.

Fue el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago el ente que sentenció el pago de $100 millones a los familiares de Paula Catalán Veloz, que ese día viajaba desde San Antonio a la capital.

Lectura del fallo

En el fallo, la magistrada Claudia Donoso Niemeyer leyó una sentencia donde de indicaba que «se desprende esencialmente, que el bus en el que viajaba la pasajera doña Paula Catalán Veloz, se desvió de su natural pista de circulación sobrepasando las barreras de contención de la autopista, colisionando otro vehículo en la pista contraria».

La resolución agrega que “de haberse debido la desviación del bus de la pista de circulación en fallas mecánicas del bus, la demandada responde de sus dependientes a cuyo cargo encomendó la revisión mecánica periódica del bus destinado a transporte de pasajeros, quienes además depusieron en autos. En ambos casos cabe aplicar lo dispuesto en el artículo 2322 del Código Civil, norma en la cual también se sustenta la demanda».

«Los actores han sufrido un daño reflejo toda vez que un miembro importante y cercano de su grupo familiar ha resultado con las lesiones y secuelas descritas precedentemente en motivaciones precedentes, resultando pertinente que éste sea indemnizado”, se indica.

Por esto, se fijó “prudencialmente por esta sentenciadora en la suma de $40.000.000 para cada uno de los padres demandantes, esto es don Abraham Catalán Farías y doña Bernardita del Tránsito Veloz Ramírez; y $5.000.000 para cada una de las hermanas demandantes, esto es doña Bernardita Ivonne Catalán Veloz, doña Carolina Viviana Catalán Veloz, doña Alejandra Soledad Catalán Veloz y doña Ana María Catalán Veloz», concluye la sentencia.

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