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Colegio Médico se enfrenta a la PUC: norma que les impide alegar objeción de conciencia ante abortos “está correcta”

Izkia Siches, presidenta del gremio, rebatió los argumentos esgrimidos por el plantel que fueron presentados en la Corte de Apelaciones de Santiago

La Pontificia Universidad Católica (PUC) está agotando todas las instancias para evitar que en los centros médicos que dependen de esta casa de estudios se practiquen abortos. Y pese a que actualmente no podían alegar objeción de conciencia al ser una unidad que presta servicios de ginecología y obtetricia en convenio con el Ministerio de Salud, de igual forma presentaron un recuso a la Corte de Apelaciones de Santiago para evitar la práctica de la interrupción del embarazo.

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Con una extensión de 28 páginas, el documento presentado por ese plantel asegura que la resolución número 61 de la Ley de Aborto es, a juicio de las autoridades de la PUC, ilegal y arbitrario.

Defensa de la PUC

Es en ese punto, publicado en el Diario Oficial el pasado 22 de enero, en que se dice que las instituciones privadas que tienen convenios con el Minsal en prestaciones como ginecología y obtetricia no pueden alegar objeción de conciencia pues el aborto terapéutico es una ley del Estado.

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No obstante, para la PUC, el convenio que existe con el Minsal no es exclusivamente destinado a esas materias. «El objetivo de tal acuerdo era la prestación, por parte de la universidad a través de la red de atención de centros de salud familiar ‘Ancora’, de una serie de acciones de salud en favor de una población determinada. Estas eran de distinto tipo de medicina: preventiva, curativa y de rehabilitación, dentro las cuales se incluyen prestaciones ginecológicas y obstétricas», sostuvieron.

Por eso, para ellos, la disposición sería ilegal pues se limitaría la objeción de conciencia a los centros PUC «por el sólo hecho de haber suscrito un convenio».

Argumentos del Colegio Médico

Para la presidenta del Colegio Médico, Izkia Siches, las acusaciones de arbitrariedad no son del todo ciertas.

«Las instituciones públicas no pueden ser objetoras de conciencia porque tienen que cumplir con este rol y aquellas que han tomado convenios con el Estado, esos convenios también deberían intentar extender ese rol público con la finalidad de la utilización de los recursos. Por lo mismo vemos que no hay arbitrariedad en este ítem», declaró en la mañana de este viernes.

Siches además recodó algunas acciones pasadas y aseguró que incluso existe un precedente que va en contra de los argumentos de la PUC. «Ya tuvimos un antecedentes cuando se cuestionó el tema de la anticoncepción en esos centros, donde se resolvió poniendo una matrona funcionaria pública para poder dar esas prestaciones. En el caso de los abortos no sería tan problemático porque estos no se materializan en los centros de atención primaria, ni en los sectores públicos ni privados», sostuvo.

Por último, indicó que «vamos a tener que ir analizando si es que se pueden hacer algunas perfecciones a la norma o al reglamento pero el fondo está correcto».

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