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Apelaciones abortó planes de la PUC: rechazó solicitud para declarar ilegal reglamento sobre objeción de conciencia en interrupción del embarazo

El Tribunal de Alzada denegó la orden de no innovar que solicitó el plantel. Con ello, la institución no podrá negarse a practicar abortos aduciendo este ítem.

Los planes de la Pontificia Universidad Católica (PUC) de detener el reglamento sobre la objeción de conciencia emanados desde el Ministerio de Salud fueron totalmente rechazados por la Corte de Apelaciones de Santiago. Con ello el plantel recibe un duro golpe a sus pretensiones de analizar el ítem que les prohibe negarse a practicar la interrupción de un embarazo.

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«Se deniega la orden de no innovar solicitada» se indicó este lunes desde la Novena Sala de la Corte de Apelaciones, organismo que el viernes pasado había declarado admisible el recurso de la casa de estudios.

Alegato

El reclamo de la PUC se da por el decreto del Ministerio de Salud sobre la objeción de conciencia. Esta prohibe que instituciones privadas que tengan contratos con el Estado para prestaciones en servicios de ginecología y obstetricia -como es el caso de algunos centros de esa universidad- puedan alegar este parámetro que sí puede ser argumentado en centros privados que no reciben recursos del Estado a través de contratos como el descrito anteriormente.

No obstante, a ojos de la defensa del plantel, esta normativa era ilegal y parcial pues apuntaba a negar el derecho de la objeción a esta institución por el sólo hecho de tener contratos con el Estado.

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