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¡Atención chilenos!: el 9 de abril será el primer llamado para postular al subsidio de vivienda

Para postular se debe contar con una libreta para la vivienda con una antigüedad de al menos un año al 29 de marzo; y con un depósito mínimo que varía entre los 808 mil y los 2 millones 157 mil pesos.

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) anunció este miércoles la fecha del primer llamado de 2018 para que los sectores medios puedan postular al Subsidio para la Vivienda.

Desde el organismo detallaron que el proceso comenzará el 9 de abril y culminará el día 20 de ese mismo mes. Para postular se debe contar con una libreta para la vivienda con una antigüedad de al menos un año al 29 de marzo; y con un depósito mínimo que varía entre los 808 mil y los 2 millones 157 mil pesos.

El Subsidio para la Vivienda es un aporte estatal que permite financiar parcialmente una casa de un costo que varía entre los 26 y 59 millones de pesos.

El detalle completo de los requisitos está disponible en el sitio web del Minvu.

El monto del subsidio dependerá del valor del inmueble al que se desea acceder.

Las personas que obtengan el apoyo estatal y tengan un crédito hipotecario menor a 1.200 UF tendrán automáticamente un descuento de entre un 10 y un 20% en su dividendo, si es que se mantienen al día en el pago.

Asimismo, este beneficio cuenta con un seguro de cesantía que cubre 6 meses.

Quienes deseen postular lo pueden hacer a partir de la fecha indicada vía web o en las oficinas del Serviu de cada región.

REQUISITOS GENERALES para postular

  • Tener mínimo 18 años de edad.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar, además, Certificado de Permanencia Definitiva emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Inve¬stigaciones de Chile (máximo de 90 días).
  • Acreditar una cuenta de ahorro de, al menos, 12 meses de antigüedad.
  • Acreditar que el ahorro exigido esté depositado en la cuenta para la vivienda, al último día del mes anterior a la postulación. A partir de esa fecha no deberá efectuar giros en la cuenta.
  • No superar el porcentaje de calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares (RSH), correspondiente al título de subsidio al que desea postular:a) Título I tramo 1: dentro del 60% de vulnerabilidad socioeconómica.b) Título I tramo 2: dentro del 80% de vulnerabilidad socioeconómica.c) Título II: dentro del 90% de vulnerabilidad socioeconómica.d) Los Adultos Mayores que postulen al Título I (tramo 1 ó 2), podrán pertenecer hasta el 90% más vulnerable de la población según el RSH.
  • Para los casos b) y c), las personas deberán contar, además, con una preaprobación de crédito hipotecario, emitida por una entidad crediticia (bancos, cooperativas, etc.).
  • En caso de postular colectivamente el grupo debe:
    • Tener un mínimo de 10 integrantes.
    • Postular a través de una Entidad Patrocinante.
    • Contar con un proyecto habitacional aprobado por el Serviu.
  • Pueden postular sin RSH al Título II aquellas chilenas o chilenos que vivan,  a lo menos, desde hace cinco años en el exterior. Para ello deben presentar un certificado de residencia legalizado o autorizado ante la Embajada o Consulado de Chile en el país respectivo. En el caso de las ciudades que no cuenten con sede consular de Chile, las personas deben presentar un documento oficial legalizado que acredite residencia.

POSTULACIÓN paso a paso

  1. Conozca el porcentaje de calificación socieconómica de su Registro Social de Hogares (RSH). Para ello puede visitar www.registrosocial.gob.cl, llamar al 800 104777 o dirigirse a su municipalidad.
  2. Infórmese y solicite orientación sobre los programas del ministerio y consulte por las fechas de postulación.
  3. Abra una cuenta de Ahorro para la Vivienda y deposite en ella su ahorro. La cuenta debe tener al menos 12 meses de antigüedad al momento de postular.
  4. Reserve previamente un día y lugar para postular de manera presencial (en www.minvu.cl o llamando a MinvuAló).
  5. El trámite de postulación se puede hacer por internet o personalmente en las Oficinas de Atención Presencial del Serviu, o en las instituciones públicas que este organismo habilite para estos efectos.

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