Mónica Pinto, abogada argentina de la parte chilena, comienza su exposición asegurando que Bolivia reconoció en los años 70 y 80 que las resoluciones de la OEA no son de carácter vinculante.
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«Bolivia confunde efecto jurídico con efecto jurídico vinculante», dice Pinto para argumentar que las resoluciones de la OEA a favor de la demanda marítima no generan un acceso soberano al mar.
Abogada Mónica Pinto y rol de la @OEA_oficial: “Los 30 años de silencio por parte de la organización confirman la ausencia de una obligación de negociar o de resolver pacíficamente el supuesto diferendo” #ChileEnLaHaya pic.twitter.com/pIooFnlriV
— Cancillería Chile 🇨🇱 (@Minrel_Chile) March 28, 2018
La jurista Mónica Pinto, en representación de Chile y las resoluciones de OEA sobre la demanda marítima: «En ocho casos Chile se ha opuesto a las resoluciones de la OEA. En 1981, 1982 y 1983 Chile no votó a favor». Además que observó la competencia de la organización en varias oportunidades. Además dice que «participar en la elaboración de un texto (Chile consensuó el contenido de las resoluciones a favor de Bolivia) no genera ningún tipo de obligación jurídica.
«La última decisión de la OEA de 1989 ratifica que no hay litigios pendientes sobre un acceso soberano al mar», asegura la jurista argentina, Mónica Pinto, en representación de Chile.
Pinto repite la tesis chilena de que los acercamientos fueron solo una buena señal de vecindad y nunca una intención de entregar soberanía. «Bolivia pretende que la obligación de negociar un acceso soberano al mar solo porque Chile es un país miembro de la OEA. La Carta Democrática no puede ser fuente para entregar soberanía», afirma.
Para Pinto la ausencia de la palabra «diferendo» demuestra que no había para la OEA un litigio entre Bolivia y Chile. En ojos de la OEA no había diferendo entre Bolivia y Chile, se trataba de un tema político», asegura la jurista argentina, Mónica Pinto, en representación de Chile.
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«Vemos mal que Bolivia siga pretendiendo que Chile faltó una obligación de negociar, esa obligación simplemente está ausente», sentencia la jurista argentina, Mónica Pinto.
«Los 30 años de silencio de la OEA confirman que no hay ninguna obligación de negociar», dice Pinto.
Chile recuerda que la OEA nunca sancionó a Chile por el incumplimiento de la resolución que pide solucionar el tema marítimo, uno de los sustentos de la demanda boliviana.
«Bolivia presentó propuestas sobre intercambio de territorio, pero quedó claro que la cesión de terreno era inaceptable para el pueblo chileno», manifiesta la jurista Mónica Pinto, en representación de Chile.
«Ni Bolivia ni la OEA consideraban que había una obligación de negociar un acceso marítimo», concluye la jurista Mónica Pinto, en representación de Chile.