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Deportación: estos son los migrantes que ahora corren el riesgo de ser expulsados de Chile

Se trata de aquellos que quiebren las leyes chilenas, que no regularicen su situación a tiempo o que falsifiquen documentos a la hora de renovar o solicitar su visa.

La palabra «expulsión» ya apareció en el decreto de migración que anunció este lunes el Presidente Sebastián Piñera. El castigo se aplicará a quienes no regularicen su situación en fechas determinadas pero también a quienes cometan delitos o incluso quienes tengan antecedentes en sus respectivos países. Pero, ¿quiénes son los que quedan más expuestos a ser deportados?

Según informó la Dirección de Extranjería y Migración (DEM),  no se entregará visas ni tampoco se renovará tal documento a quienes «se dediquen al comercio o tráfico ilícito de drogas o armas, al contrabando, al tráfico ilegal de migrantes y trata de personas y, en general, a los que ejecuten actos contrarios a la moral o a las buenas costumbres». Es más, a ellos se les deportará.

Infractores no recibirán visa

El decreto también precisa que «no será concedido dicho permiso de residencia temporaria a los condenados o actualmente procesados por delitos comunes que la ley chilena califique de crímenes y a los prófugos de la justicia por delitos no políticos».

Asimismo, se indica que «no se concederá dicho permiso de residencia temporaria a aquellos que hayan sido expulsados u obligados al abandono del país por decreto supremo sin que previamente se haya derogado el respectivo decreto, a los condenados o actualmente procesados por delitos comunes que la ley chilena califique de simples delitos o a los que hayan salido de Chile por disposición del Gobierno, y a los expulsados de otro país por autoridad competente».

Falsificación e incitación a la violencia: causales de deportación

Otros que no recibirán visa y se exponen a ser expulsados son quienes presenten «declaraciones falsas, valiéndose de documentos falsificados, adulterados o expedidos a nombre de otra persona».

Algo similar experimentarán quienes «propaguen o fomenten de palabra o por escrito o por cualquier otro medio, doctrinas que tiendan a destruir o alterar por la violencia, el orden social del país o su sistema de gobierno, los que estén sindicados o tengan reputación de ser agitadores o activistas de tales doctrinas y, en general, los que ejecuten hechos que las leyes chilenas califiquen de delito contra la seguridad exterior, la soberanía nacional, la seguridad interior o el orden público del país y los que realicen actos contrarios a los intereses de Chile o constituyan un peligro para el Estado».

En esa línea, cuidado con lo que publican en las redes sociales.

Tampoco serán recibidos quienes ingresen de forma irregular al país o sin haber pasado por un control migratorio a partir del 9 de abril.

Por último, se deportará a quienes «en situación irregular que no presenten solicitudes de regularización», todo esto dentro del plazo de 30 ó 90 días corridos, contados desde el 23 de abril, según corresponda en cada caso.

Resumen

En resumen, los siguientes casos son motivos de deportación:

  1. Quienes lleguen de forma irregular al país a partir del 9 de abril de 2018
  2. Quienes se dediquen al comercio de drogas
  3. Quienes se dediquen al tráfico ilícito de drogas
  4. Quienes se dediquen al tráfico ilegal de migrantes
  5. Quienes ejecuten actos contrarios a la moral o a las buenas costumbres
  6. Quienes hayan sido condenados tanto en Chile o en su país
  7. Quienes hayan sido expulsados u obligados al abandono del país por decreto supremo
  8. Quienes hayan sido expulsados de otro país
  9. Quienes presenten declaraciones falsas o documentos falsificados
  10. Quienes propaguen por escrito o de cualquier otro medio doctrinas violentas o destructivas
  11. Quienes llamen a la alteración del orden social o al sistema de gobierno de su país
  12. Quienes tengan reputación de ser agitadores o activistas de doctrinas violentas
  13. Quienes comentan delitos calificados como atentados contra la seguridad exterior, la soberanía nacional o la seguridad interior
  14. Quienes constituyan un peligro para el Estado de Chile
  15. Quienes no regularicen su situación en los plazos estimulados

 

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