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“Caso Iglesias”: dictan 10 años de cárcel a autores de incendio en Padre Las Casas

El tribunal descartó calificarlo como delito terrorista.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó esta tarde a los hermanos Pablo Iván y Benito Rubén Trangol Galindo a penas de 10 años y un día de presidio efectivo, como autores del delito de incendio, ilícito perpetrado en junio de 2016, en la comuna de Padre Las Casas, en el marco del denominado “Caso Iglesias”.

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En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Luis Torres Sanhueza (presidente), Patricia Abollado Vivanco y Luis Emilio Sarmiento Luarte (redactor)– aplicó, además, a los hermanos Trangol Galindo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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En tanto, el tribunal decretó la absolución de los coimputados en el delito Ariel Alexis Trangol Galindo y Alfredo Heraldo Tralcal Coche y la absolución, por tenencia ilegal de munición, de Pablo Iván Trangol Galindo. Asimismo, el tribunal descartó la calificación del delito de incendio como delito terrorista, como pedía el Ministerio Público.

El fallo dio por acreditado que cerca de las 21.15 horas del 9 de junio del 2016, se desarrollaba un culto religioso con participación de adultos y menores al interior del templo «Iglesia Evangélica del Señor”, ubicado en la comuna de Padre las Casas.

A este lugar arribó «un grupo de sujetos con rostros cubiertos y armados, que actuando de manera violenta ingresaron al interior del templo y procedieron mediante amenazas y disparos a obligar a las personas allí presentes a salir al exterior del mismo, todo ello, mientras prendían fuego a distintas partes de la construcción, para seguidamente retirarse caminando y dejar extendido en el suelo a la entrada del templo dos panfletos”, que pedían la libertad de la machi Francisca Linconao, según consta en la sentencia.

El dictamen agrega que: «en esa misma fecha, siendo ya las 23.30 horas, en circunstancias que Ariel, Pablo y Benito Trangol Galindo, se desplazaban en la camioneta patente PU-3543 conducida por Alfredo Heraldo Tralcal Coche. fueron objeto de un control de identidad por Carabineros, encontrándose al interior de la mochila que portaba el acusado Pablo Trangol Galindo, entre otras especies, un cartucho calibre 3.08 marca Winchester, sin contar con la competente autorización legal».

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