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Hasta dónde puedes llegar con marihuana en Chile: ¿Qué pasa con el uso recreacional, las recetas de alimentos y la medicinal?

A propósito de la discusión nacida sobre el autocultivo, estos son los tópicos que tiene la Ley 20.000 y que podrían prestarse para interpretaciones.

En Chile es legal consumir marihuana, incluso para la recreación. Así al menos lo indica la Ley de Drogas 20.000. Pero resulta paradójico que su tenencia, comercialización y transporte sea penado, salvo para quienes la usan de forma medicinal. Ahí está permitida. ¿Pero cómo funciona la legislación para todas los demás usos?

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En su artículo 1º, la ley dice que «los que elaboren, fabriquen, transformen, preparen o extraigan sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas productoras de dependencia física o síquica (…) serán castigados con presidio mayor en sus grados mínimo a medio y multa de cuarenta a
cuatrocientas Unidades Tributarias Mensuales (UTM)».

Luego, en el 4º señala que «el que, sin la competente autorización posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas (…) será castigado con presidio menor en sus grados medio a máximo y multa de diez a cuarenta UTM, a menos que justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo».

Paradoja

Esa es la raíz de todo. Pero, ¿puedo autocultivar? Según Luis Bobadilla, abogado y secretario de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago, esa es una parte gris del texto.

«Técnicamente la producción está prohibida, pero como el artículo 4º permite el consumo próximo en el tiempo, si usted tiene una planta en casa y la usa para consumo personal, sin venderla ni comercializarla y tampoco da luces que la tiene, los aparatos de persecución penal no van a enterarse y, por lo tanto, no lo van a perseguir», reconoce.

Explica que para analizar el caso hay que echar mano al «espíritu» de la ley. «Lo que la norma intenta es prohibir una parte de la conducta: la producción, comercio y otras. Prohibir el consumo en sí mismo es absurdo porque es algo incontrolable», indica a Publimetro. «Nadie está obligado a lo imposible», reflexiona.

Queques y pisco de marihuana

CBD Weed es una microempresa dedicada a elaborar recetas y tragos de marihuana, todo de forma legal. Opera en Santiago e indican que hay un «vacío» que les permite incluso comercializar desde queques hasta pisco sour en base a esta yerba.

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Tania Adornos, una de los dueños, precisa que «nosotros nos basamos en el artículo 4º que permite el consumo personal. Entonces dictamos talleres sobre cómo las personas pueden fabricar su propia mantequilla, pisco sour u otras recetas para que la misma persona la consuma».

No es todo: también venden tales productos. «Hay un vacío que queda abierto en términos de extracciones de la planta. Nuestros productos, queques, leche, se hacen con extracciones, en frío o en caliente. De toda la planta usamos el CDB, que es la parte que no produce efectos sicotrópicos. El THC es lo que ‘te vuela’. Nosotros lo que vendemos es lo otro», explica.

¿Se puede? El abogado Bodadilla indica que, a título personal, cree que eso no está del todo permitido. Aún así no se cierra a que la práctica sea vista como legal. «Ocurre por un vacío interpretativo de la norma. Estas personas técnicamente no están vendiendo drogas. Pero en una interpretación más estricta, sí podrían verse envueltos en problemas», advierte.

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