No hay pariente más querida y, sobre todo, cuando se pone generosa. Y es que la Dirección de Crédito Prendario, más conocida como la Tía Rica, hizo un llamado a retirar dineros no cobrados por sus usuarios.
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Son más de 19 mil las personas que tienen 306 millones 10 mil 61 pesos esperando a ser cobrados. Cabe recordar que este saldo a favor se genera por la diferencia producida entre el valor mínimo de remate y la suma de dinero en que la prenda empeñada fue subastada.
El ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, hizo un llamado a los 19.392 usuarios a retirar estos dineros. “De 100 personas que empeñan en la ‘Tía Rica’, solo cuatro no pagan. Pero a pesar de esta pérdida, al momento del remate se generan estos saldos a favor que van en beneficio de ellos y que sirven para paliar de alguna forma la pérdida de la joya u objeto que se fue a remate”, señaló.
En tanto, el director general de la Dicrep, Mario Acuña, expresó que “para nosotros como institución es muy importante que los usuarios, que no pudieron recuperar sus prendas, retiren estos dineros. Durante este último tiempo hemos facilitado el pago de excedentes implementado algunas plataformas para facilitar el pago. Sobre todo en esta época del año, cuando las familias incurren en mayores gastos para calefaccionarse”.
Cómo y hasta cuándo cobrar
Para el pago existen dos maneras:
- Las personas lo pueden solicitar a través de la cuenta Rut del Banco Estado, ingresando a la página www.dicrep.cl
- De manera presencial en las 21 unidades de crédito que la “Tía Rica” tiene a lo largo del país, de lunes a viernes, desde las 9:00 a las 14:00 horas.
El costo del trámite es gratuito y el pago es de manera inmediata.
Para verificar, los usuarios pueden llamar sin costo al teléfono 800 340 022 o desde celulares al 02 2690 6900. También lo pueden hacer vía Whatsapp al +56 961218944.
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Es importante destacar que para retirar el excedente el usuario debe presentar su Cédula de Identidad. En el caso de no ser titular de la póliza debe presentar un poder notarial. Ante el fallecimiento del empeñante, sus herederos pueden requerir el pago de este dinero, presentando la respectiva Posesión Efectiva.
Ojo, que el plazo para cobrarlo vence impostergablemente en un año, a partir de la fecha que se efectuó el remate.