La diócesis de Talca dio a conocer ayer la sentencia de un «tribunal colegiado» que se constituyó para conocer y juzgar la denuncia por abuso y manipulación presentada contra el presbítero Rafael Villena Roco en 2015.
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Por unanimidad, el tribunal condenó en primera instancia al sacerdote Villena a la pena expiatoria perpetua de dimisión del estado clerical. Los jueces eclesiásticos tomaron en cuenta «la gravedad de las conductas del acusado y el daño producido en el denunciante”.
Además, establecieron que se trata “de un actuar repetido en el tiempo de conductas de abuso y manipulación, y sin que se perciba una disposición de cambio”, por lo que corresponde “aplicar una pena justa para restablecer la justicia y reparar el daño causado”.
El abogado defensor del presbítero Villena presentó un recurso de apelación que será tramitado en el tribunal de segunda instancia, correspondiente a la Provincia Eclesiástica de Santiago.
¿Abuso sexual?
El comunicado de la diócesis no aclara si se trata de un abuso sexual, no obstante, noticias de 2015 hablaban de una anuncia realizada por un adulto con quien trabajó en la región, de abuso sexual y de autoridad.. Se desconoce si hubo denuncia de los hechos ante la justicia ordinaria.
Según el derecho canónico, la dimisión del estado clerical es una pena expiatoria que puede ser impuesta sólo por los delitos y las violaciones más graves. La dimisión no lleva consigo la dispensa del celibato, aunque la Santa Sede acostumbra a otorgarla con el decreto sancionatorio.
El efecto de la dimisión es que el condenado no poder ejercer la potestad de orden, salvo la facultad de absolver en caso de peligro de muerte.
Además, el clérigo dimitido no tiene derecho a recibir apoyo económico de su diócesis o comunidad religiosa, pero se ayuda al que, como consecuencia de la dimisión, se encuentre en estado de indigencia