Cuánto estuvieron coludidos y cuánto ganaron en ese periodo. Esos son algunos de los requisitos que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) fijó para establecer cuándo querellarse en casos de colusión.
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“Guía Interna para la Interposición de Querellas por el Delito de Colusión”, se llama el documento publicado este jueves por la entidad, en el que explicita los criterios que utilizará la institución para querellarse contra los responsables que incurran en este delito, ejerciendo la facultad que le fue otorgada en la modificación legal realizada en agosto de 2016.
“Nuestro propósito es adelantar públicamente los criterios generales que seguiremos cuando tengamos que decidir si interponer o no una querella por el delito de colusión. Es preferible y prudente hacer esto en frío, sin un caso particular en frente y creemos trascendental buscar ahora aumentar los niveles de predictibilidad en la aplicación de estas normas”, señaló el Fiscal Nacional Económico, Felipe Irarrázabal.
Esta nueva facultad establece el deber de la FNE de interponer acciones ante la justicia penal en aquellos casos en que se comprometiera gravemente la libre competencia en los mercados, y la faculta para querellarse en los demás casos.
Cuáles son los parámetros
El documento da a conocer los parámetros en torno a los cuales se considerará que existen hechos que comprometen gravemente la libre competencia en los mercados y establece y detalla los criterios que permitirán a la FNE decidir fundadamente si ejerce o no su facultad de querellarse, decisión que debiera surgir en unos años más.
Entre los aspectos que guiarán la decisión, se considera:
- la magnitud de los efectos y de los beneficios económicos producidos por el acuerdo colusorio
- su extensión temporal
- su alcance geográfico
- y la naturaleza del mercado del producto.