A no pocos les ha pasado que por tener una deuda sin pagar, la empresa a la que se debe no se cansa de llamar por teléfono para que dicha morosidad de salde. Una persona que era víctima de eso y llevó el caso a la justicia, logrando un resultado positivo.
PUBLICIDAD
Y es que la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado en contra del Banco Falabella por el acoso telefónico denunciado precisamente por un cliente moroso.
En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal de la entidad financiera
«Que efectuar nueve llamadas diarias, por una deuda, en circunstancias que lo que se pretende, es comunicar, poner en conocimiento, informar al deudor que mantiene dicha deuda, resulta, en el caso que nos ocupa, ser un ejercicio abusivo de una facultad, por lo que dichos actos revisten el carácter de ilegales y arbitrarios, toda vez que no encuentran sustento en la ley y carecen de racionalidad y justificación», sostiene el fallo.
La resolución agrega que esta práctica crea «una afectación a la integridad síquica del recurrente y de su familia, en circunstancias que existen vías judiciales para la solución de la deuda que mantiene éste».
En esa línea, el fallo ordena a Banco Falabella «abstenerse de practicar llamadas telefónicas al recurrente en la forma como lo ha hecho».