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Aprueban eximir de la revisión técnica a los carros de Bomberos tras sucesivos rechazos por su enorme tamaño y peso

Por ejemplo, excedían el largo de sus parachoques posteriores, ya que allí van las mangueras enrolladas.

Michelle Bachelet asiste a la ceremonia de entrega de 73 nuevos carros bombas 19 de diciembre del 2017/SANTIAGO La Presidenta de la Repœblica, Michelle Bachelet, asiste a ceremonia de entrega de 73 nuevos carros bomba del Plan de Renovaci—n Cuerpos de Bomberos de Chile. FOTO:CRISTOBAL ESCOBAR /AGENCIAUNO (Cristobal Escobar/ Cristobal Escobar/AgenciaUno)

La Comisión de Transportes del Senado aprobó por unanimidad, en segundo trámite constitucional, el proyecto que modifica la ley N°18.290 de Tránsito, para eximir a los carros de Bomberos y otros vehículos de emergencia de la revisión técnica. Ahora el texto deberá ser analizado por la sala.

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En la última sesión, el presidente honorario de la Junta Nacional de Bomberos, Miguel Reyes, expuso que los carrobombas son rechazados por las plantas de revisión técnica, porque no cumplen con la normativa del Ministerio de Transporte, particularmente porque exceden el largo de los parachoques que tienen instalados en la parte posterior, donde van las mangueras enrolladas y sobrepasan el largo del carro.

Reyes precisó que otra de las razones por las cuales rechazan la circulación es porque «hay vehículos que exceden el peso para transitar por las calles de las ciudades y que no cumplen el 100% con las normas de emisiones de gases. Todo esto impide renovar los permisos de circulación y expone a que se cursen los partes respectivos».

Por su parte, el senador Alejandro Navarro, presidente de la comisión, indicó que «los carros escalera, por ejemplo, tienen en su parte trasera o delantera, la escalera que sobresale del frente del vehículo, o los camiones aljibes, que son 256 en todo Chile, dadas las tareas que deben cumplir en las emergencias, tienen una situación de los ejes que tampoco se ajusta a la normativa técnica exigida en la Ley del Tránsito. Claramente debe haber una excepcionalidad».

El legislador agregó que «establecimos que vehículos especiales, como camiones militares, tampoco tengan revisión técnica, porque son usados de manera excepcional para funciones que son distintas del tránsito permanente».

En definitiva, el proyecto expresa: «Para el caso específico de los vehículos pertenecientes a los Cuerpos de Bomberos, las características técnicas y pesos máximos permitidos deberán considerar a lo menos la necesidad de su adecuada y oportuna intervención en el auxilio de incendios y otros siniestros, sus especiales características funcionales, y su flujo de circulación».

Además: «Quedarán exceptuados de lo dispuesto en el inciso primero de esta disposición los vehículos pertenecientes a los Cuerpos de Bomberos».

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Entre los argumentos de la moción se explica que «si bien el rechazo de la respectiva revisión técnica y/o la prohibición de circulación al ser catalogado con ‘sello rojo’ es una situación concordante con la ley vigente, (…) constituye una situación de gravedad en relación al servicio que otorgan los Cuerpos de Bomberos del país».

«En definitiva, los vehículos de emergencia de propiedad de Bomberos de Chile, que concurre a salvar vidas y bienes, tanto públicos como privados, son indispensables para poder cumplir con la labor encomendada a estos de proteger la vida y bienes frente a los riesgos de incendios y otros siniestros», añade.

Así, «por las especiales características técnicas de algunos vehículos, en atención a las prestaciones que brindan en las distintas emergencias, como por ejemplo las escalas telescópicas, brazos hidráulicos, carros bomba y camiones cisternas, los carros de rescate u otros deben en nuestra opinión tener una regulación especial y distinta en relación al resto de los vehículos motorizados que forman el parque automotriz de nuestro país».

Por ello, «parece de toda justicia que exista una norma jurídica que exceptué a éstos de ciertas exigencias legales aplicables al transporte de carga, que en el caso de Bomberos no necesariamente cumplen o pueden cumplir».

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