Pese a que la condena que le dieron en primera instancia a Rafael Garay es de siete años de presidio efectivo, es muy poco probable que termine tras las rejas todos esos años y varias razones judiciales lo explican.
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De hecho, de los siete años de condena dictados, fue el mismo magistrado Nelson González Valenzuela, miembro del 2º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago quien indicó que la pena impuesta debe considerar el tiempo que ya estuvo en prisión preventiva.
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Considerando que Garay estuvo detenido desde el 16 de marzo de 2017 en el anexo cárcel Capitán Yaber y sólo salió de esa condición por diez días, entre el 11 y el 21 de diciembre del año pasado, a la condena total se le deben restar un año y siete meses.
Con ello, si su defensa no pide el recurso de nulidad del proceso, de aquí a marzo de 2024 ya podría acceder a su libertad.
Beneficios carcelarios
Pero eso no es todo. Así como está la condena, una vez que cumpla más de la mitad de su pena o pasadas las 2/3 del total dictado por los jueces, ya puede acceder a beneficios carcelarios.
Si bien el 2/3 de su condena total significan cuatro años y seis meses, hay que considerar siempre el año y siete meses que ya estuvo en prisión preventiva. Eso le deja un saldo restante de dos años y 11 meses. ¿En fechas? De aquí a noviembre de 2020, cuando ya podría pedir beneficios como la libertad vigilada, la libertad dominical, entre otros.
Aún así, cabe mencionar que tras esta primera condena, la defensa de Garay todavía puede optar por el recurso de nulidad.