Debido a la mayor información y al desarrollo de la consciencia laboral que tiene la población hoy en día, es cada vez más común que un trabajador acuda a la Inspección del Trabajo en busca de ayuda para resolver problemas con su empleador.
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De esta gestión, resultan constancias y activaciones de fiscalización, lo que en la práctica significa que acudirá un fiscalizador de dicho organismo a la empresa en cuestión, para verificar los hechos denunciados que, de comprobarse, traerá como consecuencia infracciones que se traducirán en multas.
Sin embargo, ante acciones como esta, la empresa puede enterarse de la identidad del trabajador que denunció y, por tanto, pueden simplemente despedirlo.“Los empleadores pueden argumentar el despido en base a alguna de las causales legales, para enmascarar de esta manera la represalia en contra del trabajador, pero esto es ilegal”, recalca Ricardo Donoso, abogado experto en derecho laboral de la empresa Defensa del Trabajo (www.defensadeltrabajo.cl).
El especialista afirma que nuestra legislación le da al trabajador las herramientas necesarias para protegerse contra este tipo de prácticas. “En el artículo 485 del Código del Trabajo se prohíbe, entre otras cosas, el ejercer represalias contra éste producto de la actividad fiscalizadora de la Inspección del Trabajo, bajo la pena de una sanción que el juez podrá fijar entre 6 y 11 meses de remuneración, la que es compatible con las indemnizaciones sustitutiva del aviso previo y por años de servicio”, agrega.
Qué hacer si se concreta el despido
Si el empleador de igual forma toma la decisión de terminar el contrato de manera unilateral, el afectado tiene herramientas para defenderse de esta acción.
El camino es demandar en un plazo de 60 días hábiles desde que ocurre esta situación, ampliable en determinados casos a 90 días. “Es importante que el trabajador busque un abogado y se asesore correctamente, ya que una errónea interpretación de la normativa aplicable al caso podría producir una eventual pérdida de la demanda e incluso los plazos podrían expirar, dejando al trabajador en la indefensión”, puntualiza Donoso.