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En nueve días debuta la ley de “convivencia vial”

Con esta ley se espera equiparar a todos los modos de transportes y que cada uno cumpla con sus derechos y obligaciones en la movilidad.

Este 11 de noviembre entra en vigencia la ley de «convivencia» vial, una iniciativa que considera una zona de adelantamiento exclusiva para vehículos no motorizados, además de fijar multas para ciclistas que circulen por la vereda de manera injustificada.

«La finalidad de la ley de convivencia vial es equiparar a todos los modos de transportes y que cada uno cumpla con sus derechos y obligaciones en la movilidad. Los peatones y ciclistas son los más vulnerables de las vías , explica el secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), Luis Alberto Stuven. La ley establece, entre otros aspectos, que los «ciclos» (bicicletas, scooters y skates) deberán circular por ciclovías certificadas. De no haberlas, tendrán que hacerlo por el costado derecho de la calzada.

Solo menores de edad, tercera edad y sus acompañantes

Asimismo, solo podrán circular por la vereda los adultos que acompañen a menores de siete años, además de personas de la tercera edad, y podrán ser usadas excepcionalmente si las condiciones (de iluminación o climáticas) así lo ameritan. De lo contrario, arriesgan multas de entre 10 mil y 24 mil pesos.  Otro de los cambios más significativos es la creación de una zona de adelantamiento para ciclistas y motocilistas.

¿Qué significa en la práctica? Que en intersecciones semaforizadas, la línea de detención de los vehículos motorizados se retrae y se deja el espacio de adelante para los ciclos.

Cabe mencionar que la primera medida asociada al mejoramiento de la convivencia vial fue la reducción de la velocidad máxima de vehículos motorizados en zonas urbanas de 60 a 50 km/hr.

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