Economía

¿Más de una universidad o instituto para estudiar? Recuerda que tienes derecho a arrepentirte de una postulación

Sernac y Superintendencia de Educación recordaron que quienes firmaron algún contrato y/o entregaron algún pago para reservar una matrícula, tienen diez días para ejercer el derecho a retracto.

Mientras muchos ya disfrutan de sus vacaciones, algunos continúan haciendo los trámites para dar el paso a la educación superior y este lunes se da a conocer el proceso de postulación a las universidades de Consejo de Rectores. Desde el inicio de esta etapa post PSU, algunos de los postulantes se inclinaron por más de una opción y ahora llegó el momento de elegir.

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Al respecto, desde el Sernac recordaron que hasta el próximo jueves 24 de enero, los futuros estudiantes tendrán plazo para poder ejercer lo que se conoce como el derecho a retracto, el cual les permite desistir de algún contrato firmado previamente con otra entidad educacional.

Este derecho, incluido en la Ley del Consumidor (LPC), establece que al luego de conocerse la publicación de los resultados de las postulaciones, comienza a regir el plazo de diez días corridos para ejercerlo, el cual es válido para todas las instituciones de educación superior del país.

Al respecto, el Superintendente de Educación Superior, Jorge Avilés, señaló que el derecho a retracto es una importante herramienta que tienen los postulantes a la educación superior para tomar una mejor y más informada decisión respecto de su futuro. Por esto, resulta fundamental que las instituciones de educación superior respeten este derecho que tienen los estudiantes.

Asimismo, la autoridad comprometió esfuerzos, una vez que la nueva Superintendencia se encuentre operativa, para trabajar coordinadamente con el Sernac y velar porque los derechos de los estudiantes sean debidamente resguardados, así como aumentar la transparencia y confianza en el sistema de educación superior.

Cabe señalar que sera este organismo el que tendrá dentro de sus facultades, la posibilidad de:

  1. fiscalizar y sancionar los incumplimientos legales
  2. poder recibir reclamos
  3. denuncias por parte de estudiantes y otras personas afectadas en caso que sus derechos sean vulnerados

En tanto, el director nacional del Sernac, Lucas Del Villar, hizo un llamado a los futuros estudiantes a informarse y ejercer, en caso de ser necesario, el derecho de retracto establecido en la Ley.

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“Este derecho nació precisamente para resguardar a los estudiantes que se matriculan para asegurar un cupo, sin tener toda la información de las postulaciones, con el fin de que ellos y sus familias tengan un plazo para reflexionar la decisión y elegir la mejor alternativa. La educación no es como contratar cualquier servicio pues está en juego el futuro laboral de los jóvenes y es una decisión a largo plazo”.

Explica que las instituciones de educación superior están obligadas a respetar este derecho, “por ende, no sería aceptable, por ejemplo, que indiquen que el dinero se devuelve en marzo”.

El derecho a retracto es aplicable a todas las instituciones de educación superior: universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica, independiente en la cual de ellas se haya producido la primera o segunda matrícula y se aplica aunque los estudiantes se hayan matriculado con meses de anterioridad a la publicación de las postulaciones a las universidades. Desde el Sernac indicaron que recibió 165 reclamos relacionados a esta situación.

El derecho a retracto paso a paso

¿Qué implica el derecho a retracto?

  1. El establecimiento no puede cobrar por los servicios respecto de los cuales el alumno se desistió.
  2. Debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año, dentro del plazo de diez días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto.
  3. La institución sólo podrá retener de lo pagado hasta el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.

Adicionalmente, mientras esté vigente el plazo de retracto, las instituciones de educación superior no pueden negociar los documentos que han recibido, en respaldo del periodo educacional respectivo. Es decir, la documentación no puede ser objeto de una operación de factoring, no pueden ser endosados o dados en garantía; tampoco entregarlos en comisión de cobranza, ni realizar ninguna otra operación semejante.

Paso a paso para ejercer el derecho a retracto

  1. Presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.
  2. Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha. Los usuarios pueden acceder a un formato de carta visitando www.sernac.cl/retracto
  3. Pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho
  4. Si transcurridos 10 días corrido no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, es una infracción.

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