Nacional

Rancagua: condenan a 10 años de cárcel a sicólogo de grupo pastoral por delitos reiterados de abuso sexual

También se le condenó a la pena de inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales.

El Tribunal Oral Penal de Rancagua condenó al sicólogo Víctor Miguel López Orrego a dos penas efectivas de 5 años y un día de presidio en calidad de autor de los delitos reiterados de abuso sexual con circunstancias de estupro, y abuso sexual con circunstancias de violación, ilícitos perpetrados entre 2007 y 2015 en el grupo pastoral «Revive».

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En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Chaparro Bossy (presidente), María-Esperanza Franichevic Pedrals (redactora) y Fadua Salas Eljatib– aplicó, además, a López Orrego las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de las condenas; más el pago de las costas del proceso.

Asimismo, el tribunal impuso al condenado las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad policial durante los 10 años siguientes al cumplimiento de las penas principales, la que consistirá en informar a Carabineros, cada tres meses, su domicilio.

También se le condenó a la pena de inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, prevista en el artículo 372 del Código Penal.

Lo anterior conlleva la privación de todos los cargos, empleos, oficios y profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad que tenga el condenado; y la incapacidad para obtenerlos, antes de transcurrido el tiempo de la condena de inhabilitación.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El fallo dio por acreditado que el condenado formó el grupo pastoral «Revive» al alero de la parroquia San José Obrero, de la población Manzanal, al que invitaba a participar a jóvenes del sector provenientes, en su mayoría de hogares vulnerables. De esta situación se aprovechó para concretar una serie de abusos sexuales en contra de una decena de menores.

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