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Aprobada ley que que incentiva la donación de órganos en Chile

La norma contempla un plazo de tiempo para que las personas No Donantes de órganos ratifiquen su decisión prestada ante el Registro Civil e Identificación mediante una declaración

Con 117 votos a favor y uno en contra, la Cámara de Diputados despachó este martes el proyecto de ley que incentiva la donación de órganos en Chile, y que se encontraba en su segundo trámite constitucional. Ahora, el cuerpo legal pasará a trámite en el Senado.

La norma aprobada incorpora, entre otras modificaciones a la ley actual (ley N° 19.451), que ahora habrá un plazo de un año para que las personas No Donantes de órganos ratifiquen su decisión prestada ante el Registro Civil e Identificación mediante una declaración, un notario público o el funcionario respectivo al momento de solicitar la renovación de carné de identidad o licencia de conducir, ya que existen antecedentes de algunas personas que fueron incorporadas de forma errónea en un pasado.

Establece que dentro de un año de entrada en vigencia de este proyecto de ley, todas aquellas personas que hayan sido inscritas en el Registro de No Donantes, lleven a cabo esta acción para reconfirmar su estado.

«Se acordó notificar a cada persona que esté en el registro de No Donantes para que ratifiquen su condición. Se enviará una carta al domicilio de estos individuos que estén en este registro. Sin embargo cada ciudadano, en un plazo de un año, puede notificar su calidad de donante, o no, ante una notaria o en el Registro Civil», corroboró a Publimetro el Senador Juan Coloma.

Si al vencimiento de este plazo no se ha efectuado la señalada ratificación, sin que se efectúe la confirmación, se entenderá que la persona sí es donante.

Confusiones

Por su parte, en este punto, el presidente de la Fundación Cambiemos la Historia, Álvaro Becerra, indicó que el registro de no donantes desde un principio abordó mal la situación, ya que hay gente que nunca expresó no ser donante.

“Cuando se instauró este nuevo método de ir a la notaria y ratificar la decisión se inscribieron 11 mil personas. Y hay 4 millones de personas en el registro antiguo. Es absurdo. No son tantas las personas que están en contra de la donación de órganos”, explicó a Publimetro, Becerra.

Agregó que «haber registrado a una persona cuando esta iba a renovar licencia de conducir era un error porque un individuo, que tiene tres o cuatro horas esperando un trámite; y además le preguntan si quiere, o no, ser donante, es confuso para cualquiera. No era el momento ni el lugar para registrar donantes».

Sin embargo, con este proyecto de ley se espera revertir esta acción y notificar a los millones de personas que quizá fueron registradas en la lista de No Donantes y que probablemente lo desconozcan

Por otro lado el cuerpo legal también aborda que las familias no podrán oponerse a la voluntad hecha en vida por el paciente que halla fallecido.

Andrés Celis indicó a Publimetro que esto depende de si la persona ratificó, o no, su registro de No Donante estando en vida.

«Si tú no estás inscrito en el registro de No Donantes. Si no has manifestado tu voluntad expresa de No Donante se presume que tú sí eres donante. Y en ese caso vale la voluntad de la persona fallecida porque no está inscrito en el registro donde pudo haber manifestado que no quería serlo», aclaró Celis.

Ya que de acuerdo al Instituto de Salud Pública, la Ley chilena establece que «desde los 18 años se considera donante a toda persona fallecida, a menos que en vida haya dejado alguna manifestación expresa de no querer serlo. En el caso de menores de 18 años, sólo los padres o el representante legal pueden autorizar la donación».

Sin embargo, si al momento de que la persona fallezca y surjen dudas respecto a la condición de donante por el hecho de pertenecer, o no, al Registro Nacional de No Donantes; la norma aprobada incorpora al conviviente civil de la persona fallecida en primer lugar (junto con el cónyuge) del orden de familiares a quienes se debe consultar antes de proceder a la extracción de uno o más órganos del fallecido.

Además, en caso de dudas, mantiene como familiares que pueden oponerse a la donación a los hijos mayores de 18 años: los padres; el representante legal, tutor o curador; cualquiera de los hermanos mayores de 18 años; y cualquiera de los nietos mayores de 18 años.

De esta manera, con esta iniciativa legal, se busca revertir la baja de donantes que existe en Chile desde hace años.

El proyecto fue derivado nuevamente al Senado para cumplir allí con su tercer trámite constitucional.

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