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Casi $5 millones de multa: se publica decreto para que le duela en el bolsillo a quienes impidan el ingreso a playas y lagos

La ley también establece multas de hasta $10 millones en el caso de reincidencia.

Si la polémica en el Lago Ranco que protagonizó Matías Pérez Cruz, presidente de Gasco, hubiera sucedido desde hoy en adelante, el castigo no solo habría sido en redes sociales y la opinión pública, sino que le habría costado dinero.

Eso, porque este jueves fue publicado en el Diario Oficial el decreto que establece sanciones a las personas que impidan el libre acceso a las playas de mar, ríos y lagos que existan en todo el territorio nacional.
La norma, que ya adelantó el ministro de de Bienes Nacionales Felipe Ward cuando ocurrió la polémica en Lago Ranco, es un artículo único mandado por su cartera, y que se agrega a la Ley Ley N°1.939 de 1977 de «normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado».

Según explica el decreto, “una vez fijadas las vías de acceso de conformidad al inciso anterior, el propietario, arrendatario, tenedor u ocupante del terreno colindante no podrá cerrarlas ni obstaculizarlas de ningún modo. En caso de contravención, el infractor será sancionado con multa a beneficio fiscal de diez a cien unidades tributarias mensuales.

Las multas se traducen entre los $483 mil y los $4.430.500 a quienes nieguen el acceso a las playas, también conocidas como bienes nacionales de uso público. Además, la nueva ley establece que, en caso de reincidencia, se podrá aplicar una multa equivalente al doble del máximo establecido», añade el texto.

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