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Caso Nido: Gobierno anuncia que nuevo Código Penal tipificará delitos relacionados a la violación de la intimidad en Internet

También incorpora como nuevo delito el “hostigamiento”.

El ministro de Justicia, Hernán Larraín, anunció que el nuevo Código Penal abordará situaciones como los registrados en el caso de la comunidad Nido, de divulgación de imágenes íntimas de mujeres sin consentimiento, junto con amenazas y acosos.

«En este caso se detectan situaciones de graves vulneraciones a la intimidad, a la confidencialidad de las comunicaciones, al secreto de los datos sensibles de las personas y al ejercicio de la libertad de decidir sobre qué hacer con los espacios de privacidad de cada persona», señaló el secretario de Estado, según consigna hoy El Mercurio.

Añadió que en esta comunidad se detecta que «sin consentimiento de las mujeres afectadas, se han perpetrado severas invasiones, captaciones, exhibiciones y difusiones de registros, datos, informaciones, e incluso de situaciones desarrolladas en circunstancias de legítima expectativa de intimidad, causando intimidación y un profundo daño».

Consideró que lo más grave de todo, que va más allá de la simple intromisión a la intimidad de las víctimas, es que «la invasión a la privacidad cometida en contra de estas mujeres, ha tenido por propósito el provocar un acoso decidido y sistemático en contra de ellas, con el objeto de afectar o derechamente deteriorar sus condiciones de vida».

Larraín, en este contexto, informó que el Nuevo Código Penal, que reemplazará al actual que data de 1874 y cuyo proyecto el Ejecutivo está pronto a ingresar al Congreso, recoge esta materia.

Lo hace en el Título IV del Libro Segundo, relativo a los Delitos Contra La Intimidad, «un completo y moderno catálogo de delitos que viene actualizar nuestra legislación penal en estas materias, recogiendo todas estas nuevas formas de agredir la intimidad, la confidencialidad y la vida privada».

El ministro destacó que este cuerpo legal regulará los delitos de «intromisión en la intimidad de otro», «exhibición y difusión indebida», «exhibición y difusión de registros de imágenes», entre otros.

Pero lo que considera más relevante, dada la alarma pública que ha despertado la comunidad «Nido», es que incorpora el delito de «exhibición no consentida de registros de contenido sexual».

A través de este, se castigará a quien exhiba o difunda imágenes de interacción sexual o de partes íntimas desnudas de otra persona, que, aun cuando hubieren sido obtenidas con consentimiento, nunca se dio la autorización de la persona afectada para que fuesen exhibidas. «Situación gravísima que hoy no se encuentra sancionada por nuestra legislación penal», comentó Larraín.

También incorpora como nuevo delito el «hostigamiento», por el cual se podrá sancionar a quien, en contra de la voluntad expresa de otra persona, la acose, siguiéndola, intentando establecer contacto con ella, llamando a su teléfono, enviándole comunicaciones, «afectando de esta forma, gravemente las condiciones para el normal desarrollo de su vida privada».

De ese modo, explicó Larraín, «se pasa a castigar penalmente a quienes hostigan a mujeres mediante sistemas de comunicaciones, como ocurre en el caso de nido.org.», buscando medidas penales más efectivas de acuerdo a los tiempos y a los delitos emergentes.

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