Según el Censo de 2017 en Chile habitan 300 mil mujeres más que hombres. Así que según cifras, a pesar de ser mayoría, tanto en la ley como en las finanzas se mantienen perjudicadas. Y es que aunque se haya avanzado en legislaciones como la despenalización de aborto en tres causales o la tipificación del femicidio, aún estamos el debe en cuanto a derechos de las mujeres.
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Ley de divorcio chilena
Clara muestra de aquello es la Nueva Ley de Matrimonio Civil, más conocida como Ley de Divorcio, que entró en vigencia en 2004. Esta vino a reemplazar la Ley de Matrimonio Civil de 1884 que, si bien consideraba el divorcio, no permitía que los partícipes de él volvieran a casarse, ya que no se disolvía realmente el vínculo.
Pero a pesar de que mejora, el machismo latente se observa en el artículo 128 del Código Civil. “Cuando un matrimonio haya sido disuelto, la mujer que está embarazada no podrá contraer otras nupcias antes del parto, o no habiendo señales de embarazo, antes de cumplirse los 270 días subsiguientes a la disolución o declaración de nulidad”, dice el documento. Es decir que “se indica una prohibición de volver a casarse inmediatamente para la mujer, a diferencia del hombre, que puede hacerlo de inmediato”, aclara a Publimetro la abogada feminista Nicole Henríquez.
El hombre como jefe de la sociedad conyugal
Pero esta arcaica ley es sólo la punta de un enorme iceberg compuesto de burocracia y dificultades para la realización de trámites. Además no sólo recae en temas que muchas veces pueden ser engorrosos, como los jurídicos, sino que se reflejan día a día. Como por ejemplo en lo que respecta a la sociedad conyugal, contrato que se hace al celebrarse un matrimonio y que data de 1850. En el artículo 1749 se señala que “el marido es jefe de la sociedad conyugal, y como tal administra los bienes sociales y los de su mujer”. “Se establece el régimen matrimonial donde la ley entiende que el hombre es el jefe de esta sociedad, y la mujer puede serlo sólo si el hombre no puede ejercer como tal”, dice Henríquez. Las condiciones que impedirían que el marido fuera jefe de hogar recaen en la discapacidad o el diagnóstico de demencia.
“La sociedad conyugal continúa siendo una estructura profundamente patriarcal. El marido administra esta sociedad, como en la época los principales bienes eran los inmuebles, cualquier contrato sobre estos requiere la autorización requiere la autorización del esposo. Entonces eso limita a la mujer y aunque existan regimenes alternativos, es la sociedad conyugal la ingresada por defecto y si quieren otro método deben expresarlos ambos previamente”, dice Francisco Montoya, abogado de la Universidad Católica.
Pero ¿de qué maneras el no ser “jefa” de la sociedad conyugal impacta el cotidiano?, par ala abogada estas formas son “infinitas”. “Cuando la mujer se casa bajo sociedad conyugal se limita su libre disposición económica y financiera. Además la burocracia del sistema le pide una enormidad de documentos a diferencia del hombre. Por ejemplo cuando va a abrir una cuenta corriente a algún banco, le pedirán un certificado de soltería para acreditar que está soltera y no casada bajo sociedad conyugal. También ingresar una casa a alguna hipoteca, o si quisiera vender la casa en la que vive necesariamente tiene que contar con la firma y autorización del marido”, explica.
Ley de femicidio que no contempla a pololos
El año pasado 42 mujeres fallecieron víctimas de femicidio, otros 115 intentos fueron frustrados. La más joven de ellas tenía sólo 17 años, mientras que la mayor 88. Del total de casos,17 de los agresores se suicidaron luego de cometer el delito y 16 tenían denuncias previas por violencia intrafamiliar. Y este año no es mejor. En lo que va de 2019 siete casos de feminicidio se han registrado, todos perpetrados con arma blanca, dejando a siete hijos sin madre. Del total tres autores se entregaron, dos se suicidaron y uno ingirió ácido muriático y aún permanece hospitalizado. Incluso ayer, a penas un día antes de la Huelga feminista en el marco del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, se frustró un femicidio en Iquique, cuyo agresor mantenía antecedentes y una orden de alejamiento. Lamentablemente no se pudo frustrar uno en Quintero y así se sumó la víctima número 7.
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Pero también hay casos que quedan fuera de la ley y los conteos oficiales. La Red Chile Contra la Violencia a la Mujer lleva una cifra paralela, donde se contabilizan a las mujeres que la ley no ampara: un total de 57. Entre ellas se suman a mujeres que fueron asesinadas por razones asociadas a violencia de género pero el crimen no fue perpetrado por un esposo, ex cónyugue o conviviente. En estos casos están los pololos, a quienes la ley no cuenta. “Es muy poca la gente que se casa, entonces el derecho no está a la par con lo que sucede en la sociedad porque son situaciones de convivencia o pololeo”, explica a Publimetro Nicole Henríquez, abogada feminista.
“Si tu pololo te pega o te mata a lo más es un homicidio y no un femicidio con todas las características que este tiene. Esto es importante ya que también la penalidad es distinta”, finaliza. Y es que casos como este han impulsado incluso movilizaciones, o iniciativas como la Ley Antonia, “que extrapola el tipo de femicidio también a los pololos”.
También al debe en seguridad social
A pesar de tener una ley de equidad salarial, aún persiste una brecha entre lo que gana una mujer y un hombre realizando el mismo trabajo que bordea el 30%. Y en cuanto a seguridad social, la desigualdad tampoco se queda atrás.
En cuanto a matrimonios, a diferencia de quienes hayan celebrado un Acuerdo de Unión Civil, la mujer jamás podrá poner como carga al marido, a no ser que éste se encuentre en condición de invalidez. Esto por culpa del artículo 3 del Decreto con Fuerza de Ley 150 promulgado en 1974, durante la dictadura cívico militar de Augusto Pinochet.
La responsabilidad de paternidad compartida es otro tema. Hoy el postnatal contempla un periodo de seis meses para ser tomado por mujeres, y sólo un máximo de seis semanas de traspaso de ellas se le pueden hacer al hombre.
Durante los cinco primeros años de la Ley de Postnatal Parental, y según datos entregados por el Ministerio de laMujer y la Equidad de Género, sólo 1.013 hombres hicieron petición de este beneficio. Un alto contraste en comparación a las 415 mil mujeres que lo tomaron.
“Ha sido también una pelea desde varios sectores del feminismo respecto a dejar en claro que la labores de crianza no recaen únicamente en la mujer. Entonces ha sido una resistencia respecto al poder y el congreso para ceder estos espacios y dejar en claro que si son seis meses par la mujer debe ser lo mismo para el hombre”, comenta la abogada Henríquez.
Para la Asociación de Abogadas Feministas, el diagnóstico sobre el retraso de políticas con enfoque de género “es que existe una resistencia por parte de quienes hacen las leyes y las políticas públicas a avanzar en estos temas. Aún no se interioriza la urgencia de legislar para modificar las normas sobre cuestiones tan graves como los femicidios o el acoso sexual en todas sus manifestaciones, por ejemplo, lo que sucede en casos como el de Nido.org. Necesitamos acciones específicas por parte del gobierno, del congreso y de los agentes del Estado, y no solo palabras de buena voluntad.