España está conmocionada por el suicidio de una mujer de 32 años, identificada como Verónica R, quien el sábado 25 de mayo se quitó la vida agobiada por la difusión entre sus compañeros de trabajo de la empresa Iveco de cinco videos de índole sexual, en donde ella sale junto a una ex pareja.
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Las grabaciones registradas hace más de cinco años llegaron a parte de los dos mil 500 trabajadores de la industria, sobre todo a la sucursal de Madrid, y el acoso a la mujer se hizo tan insistente de parte de algunos de sus compañeros, que querían ratificar si ella era la protagonista, que Verónica sufrió una crisis que la llevó a terminar con su vida.
La situación es aún más dramática porque la fallecida era mamá de dos niñitos; uno de cuatro años y una guagüita de meses, producto de su relación con su actual viudo.
Dos días antes de su muerte la mujer fue a recursos humanos de su trabajo y denunció lo que le sucedía hace varias semanas, y también sindicó a su ex como el principal sospechoso. En la empresa le propusieron que denunciara el caso a la justicia, y le dieron la posibilidad de cambiarse de planta, o darse de baja, pero aseguran que ella rechazó todas las ofertas.
La Policía Nacional interrogó al ex pareja de la occisa, porque el hombre se presentó voluntariamente a las dependencias de la Jefatura Superior de Madrid a declarar. Dijo estar preocupado por el acoso y amenazas de varias personas que lo sindican como el responsable de haber filtrado los videos.
Luego dela interrogación el hombre quedó libre, porque no hay indicios que apunten a su culpabilidad, a pesar de que es el principal sospechoso. La hipótesis de la investigación apunta a que habría compartido los videos por despecho, ya que no habría soportado el fin de su relación.
El origen de la viralización de las escenas sexuales en Iveco está en un chat de trabajo de veinte compañeros de Verónica, que luego pasó a otros grupos de conversación de la empresa automotriz. La policía investiga en esos teléfonos el principio de la cadena.
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La juez Ana María Gallegosabren encabeza la investigación. En España la ley establece una pena de prisión de tres meses a un año, o multa de seis a doce meses a quien, «sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona». ¡Muy poco para el daño causado!
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