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Sólo pasa en Chile: Estado deberá pagar $40 millones por cuerpo extraviado 12 años en el SML

La Justicia dictaminó la indemnizar a la viuda e hijas de una persona que falleció en 2003.

El 24°Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización total de $40.000.000 a la viuda e hija de un fallecido en accidente ferroviario en 2003, cuyos restos permanecieron extraviados durante 12 años en el Servicio Médico Legal (SML).

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En el fallo, la magistrada Patricia Ortiz von Nordenflycht estableció la responsabilidad del Estado por falta de servicio de funcionarios públicos en el extravío del cuerpo.

«Los funcionarios del Servicio Médico Legal no cumplieron con las obligaciones establecidas en las letras a) y c) del artículo 61 del Estatuto Administrativo, por no haber ingresado formalmente los restos de don José Alarcón Ulloa, ni tomado las medidas necesarias y apropiadas para su posterior ubicación y entrega a sus familiares», señala la resolución.

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Añade que «cabe estimar a este tribunal que se ha producido una falta de servicio de tales funcionarios, entendida en el caso de autos, como el cumplimiento de las funciones necesarias para resguardar, adecuadamente, los restos de quien fuera el cónyuge y padre, respectivamente, de las actoras de autos, otorgar una información adecuada y entregar, debidamente y en forma oportuna, dichos restos a sus deudos».

Añade que «independientemente de no haber resultado probado en autos, en forma fehaciente, que las actoras hayan efectuado otras gestiones, antes del 22 de noviembre de 2010, para poder encontrar y saber del paradero de don José Alarcón Ulloa, ha quedado acreditado que las mismas no podrían haber sabido de aquel, sino hasta después de la inscripción del fallecimiento, en 2004, y cuando ya pudieron constatar la muerte del mismo, en 2010, igualmente no pudieron recibir los restos mortales de su familiar, sino hasta el 25 de noviembre de 2015, cuando se encontró el cuerpo, por el personal del Servicio Médico Legal».

«Llama la atención a esta Juez, que no se ha declarado, ni justificado en autos por el Servicio Médico Legal, que exista un protocolo o procedimiento para notificar, oportuna y adecuadamente, a los familiares de una víctima cuya identidad ya haya sido determinada, y que les permita, eventualmente, el solicitar o retirar los restos de sus seres queridos», concluye.

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