Economía

Entre 18 y 24 años: en qué consiste y los beneficios de la nueva jornada laboral para estudiantes

Este martes la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que quedó listo para ser ley y que incluye, entre otras cosas, que jóvenes no pierdan becas por trabajar.

Trabajar sin perder beneficios. Esa es solo una de las novedades que trae la Ley de Jornada Parcial Alternativa para Estudiantes Trabajadoress que fue aprobada este martes por 132 votos a favor en la Cámara de Diputados.

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Tras una serie de modificaciones realizadas en el Senado y que fueron ratificadas por los diputados, se mantuvo el límite mínimo de edad en 18 años pero se rebajó de 28 a 24 años el tope, para los estudiantes que cursen estudios regulares o en proceso de titulación superior universitaria, profesional o técnica reconocida por el Estado o en entidades ejecutoras de programas de nivelación de estudios.

«Este es un proyecto tremendamente importante para miles de jóvenes que estudian y quieren trabajar. Lo que establece es una jornada distinta y flexible para que el joven que estudia pueda trabajar bien y sin abandonar los estudios”, señaló el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg.

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En ese sentido, afirmó que con la iniciativa aprobada “buscamos que el 40% de jóvenes que trabajan informalmente ahora lo puedan hacer con derechos y protección laboral, es decir con un contrato, y que no queden expuestos a perder una beca de estudio o beneficio social, como ocurre hoy”.

Beneficios se mantienen

Entre los principales puntos, la iniciativa que se incorpora al Código del Trabajo señala que los estudiantes trabajadores no perderán beneficios ni la opción de obtenerlos, ya que mantendrán su calidad de causantes de asignación familiar.

A su vez, las remuneraciones percibidas no serán consideradas como rentas para los efectos de determinar su condición socioeconómica o la de su grupo familiar para el acceso al Fondo Solidario, crédito fiscal universitario, crédito con garantía del Estado o financiamiento del acceso gratuito a las instituciones de educación superior.

Además de eso, la norma incluye que:

  1. El estudiante tendrá protección en caso de accidentes del trabajo ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre el establecimiento educacional y el lugar de empleo.
  2. Establece que la jornada diaria no podrá ser superior a 12 horas, considerando los períodos trabajados, en jornada ordinaria y extraordinaria, más la interrupción señalada. Las horas efectivamente trabajadas, no podrán ser superiores a 10 horas diarias.
  3. El estudiante trabajador tendrá derecho a un permiso sin goce de remuneración con ocasión de rendir sus exámenes académicos. Para ejercer este derecho, el estudiante trabajador deberá informar al empleador por escrito y con al menos siete días corridos de anticipación, la forma en que hará uso del permiso para efectos de rendir dichos exámenes.

Por otro lado, durante los períodos en los que el estudiante trabajador se encuentre en receso por vacaciones académicas, las partes podrán acordar por escrito mantener la prestación de servicios de acuerdo a este régimen especial o suspender el contrato de trabajo.

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