El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió demanda por despido injustificado de un ayudante de la pastelería Productos San Camilo S.A. En el fallo se estableció que la empresa no acreditó la causal de despido argüida para proceder a desvincular al trabajador que mantuvo rencillas con un compañero de trabajo.
PUBLICIDAD
La resolución señala que “no puede dejar de considerarse que los hechos que se imputan al trabajador en la carta, se dice acontecen el 14 de julio de 2014, mientras que el despido se hace efectivo un mes después”.
En la misma línea, agrega que el empleador “debió acreditar que hubiese adoptado alguna medida para resolver el conflicto existente entre los trabajadores”.
San Camilo en la mira
También se determina que la empresa “no ha probado los hechos contenidos en la carta de despido. Asimismo la causal de despido invocada por el empleador, se establece como causal justificativa para despedir a un trabajador sin pago de indemnización alguna, la que según ha referido reiteradamente la jurisprudencia de nuestro país, debe sustentarse en hechos debidamente comprobados”, lo que no se cumple en este caso.
Finalmente, se concluye que “estimándose injustificado el despido, se ordenará el pago de las indemnizaciones sustitutiva de aviso previo y por años de servicio, recargada esta última en un 80% de conformidad a lo establecido en el artículo 168 letra c)».