El Sernac ofició a la empresa sanitaria Essbio para exigirle que aplique los descuentos automáticos establecidos en la Ley del Consumidor (LPC) por los cortes de agua de Chiguayante y Los Ángeles ocurridos este fin de semana, los que deben hacerse efectivos en la próxima cuenta.
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Según esta norma, que entró en vigencia en marzo pasado, se establece que la empresa debe descontar obligatoria, directa y automáticamente el tiempo que los consumidores estuvieron sin servicio según una fórmula que la misma normativa establece y que el organismo verificará que se respete.
En efecto, la ley señala que, por cada día sin suministro por causas imputables a la empresa, ésta debe descontar un monto equivalente a diez veces el valor promedio diario de lo facturado en el estado de cuenta anterior al de la respectiva suspensión, paralización o no prestación del servicio. Dicho monto deberá descontarse del siguiente estado de cuenta.
Asimismo, el Sernac requirió una serie de antecedentes a Essbio, tanto por el corte de Chiguayante como el ocurrido el viernes pasado en Los Ángeles, entre ellos, los motivos que provocaron los cortes, la cantidad de usuarios afectados, los mecanismos de información para orientar a los usuarios, los medios utilizados para proveer de agua a los afectados durante la suspensión del suministro, entre otros.
El propósito de recabar estos antecedentes es fiscalizar el cumplimiento de la obligación legal de la empresa de los descuentos automáticos, así como evaluar las eventuales compensaciones para los afectados en caso que se acrediten daños.