Por 103 votos a favor, 1 en contra (René Alinco) y 1 abstención (Marisela Santibáñez), la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que faculta al Presidente de la República para dejar sin efecto el alza de tarifas en el transporte público de la capital.
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De esta manera, la iniciativa pasó al Senado, que la debatirá mañana en la sede del Congreso en Santiago y que la votará durante la tarde. De ser aprobada, se despachará a ley para que sea promulgada por el Ejecutivo.
La propuesta fue ingresada a trámite esta misma tarde por el ministro secretario general de la Presidencia, Gonzalo Blumel, y dada a conocer en la cuenta de la presente sesión. Posteriormente se inició un intenso debate entre los diputados.
El texto explica que la Ley 20.378 define los ajustes de tarifa del sistema de transporte público de pasajeros de la Provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto, conforme a lo decretado por el Panel de Expertos.
Asimismo, señala una restricción que impide a dicho panel determinar una reducción en el nivel general de tarifas, mientras se encuentre vigente el subsidio.
En el mensaje, el Gobierno reconoce que la última alza de tarifas decretada por el Panel de Expertos, a partir del 6 de octubre, gatillada por el incremento de costos del sistema, «reveló la necesidad de que el Ejecutivo cuente con herramientas legales que le permitan ponderar antecedentes de orden económico y social al momento de aplicar un alza de tarifas y, de manera excepcional y fundada, poder dejar sin efecto o limitar un alza».
En concreto, el proyecto otorga al Presidente de la República la facultad de dejar sin efecto un alza de tarifas determinada por el Panel de Expertos, mediante un decreto supremo fundado expendido por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que también es firmado por Hacienda.
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En dicho decreto, se deberán consignar los recursos que permitan mantener el equilibrio financiero del sistema o compensar el valor real de la tarifa.
La propuesta legal irroga un gasto fiscal de 3.500 millones de pesos para el año 2019. Asimismo define que el mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta medida se financiará con cargo a los recursos de la partida presupuestaria del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y, en lo que falte, del Tesoro Público.