Nacional

Tribunal declara admisible querella contra general Rozas por “permisividad ante la tortura”

Fue declarada admisible por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago.

El 7° Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible una querella presentada en contra del general director de Carabineros, Mario Rozas, por el delito de permisividad ante la tortura.

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El abogado Luis Mariano Rendón, quien presentó la denuncia, explicó que “de acuerdo a la definición jurídica, la tortura no es solamente causarle sufrimiento a alguien para obtener información, tortura también es causarle sufrimiento a alguien en forma de castigo, un castigo extrajudicial, extralegal por una conducta”, según consigna BioBioChile.

Rendón precisó que “eso es precisamente lo que ha hecho Carabineros de Chile al disparar lacrimógenas al rostro, balines al rostro de las personas, con el objeto de lesionarlos, de causarles un sufrimiento en castigo por participar en manifestaciones”.

El delito imputado a Rozas sanciona a la autoridad que, teniendo los medios, no impide que el crimen de tortura continúe, con penas de presidio mayor en su grado mínimo.

También contempla “igual sanción al empleado público que, conociendo de la ocurrencia de estas conductas, no impidiere o no hiciere cesar la aplicación de tortura, teniendo la facultad o autoridad necesaria para ello o estando en posición para hacerlo”.

El abogado argumentó que “la autoridad de Carabineros que debió tomar medidas drásticas para ponerle término a esto desde el primer momento, no lo hizo. Por el contrario, dio señales que apuntaban a la impunidad, porque como todos sabemos, se filtró un audio de un discurso del general director de Carabineros a un grupo de sus subordinados donde les garantizaba que no iba a aplicar la medida administrativa de destitución”.

El jurista aseguró que el accionar de Rozas constituye el delito por el cual se le acusa, por lo que solicitó al Ministerio Público que decrete la medida cautelar de prisión preventiva contra el general director de la policía uniformada.

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