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El round entre oficialismo y oposición por proyecto que declaraba agua como bien de uso público

El creador del proyecto, Guido Guirardi, y uno de los principales opositores, Manuel José Ossandón, se enfrentan explicando el alcance que tenía la iniciativa.

12 años fue la vida que tuvo el proyecto de Ley que modificaba la Constitución y declaraba al agua como un bien de uso público. Sin embargo todos esos años el documento se mantuvo en trámite legislativo hasta que el pasado lunes 12 votos desecharon la instancia. A pesar de que 24 senadores votaron a favor de la reforma, se necesitaba un quórum de 29 para lograr aprobarla. Sin duda la situación ha generado polémica y se marcaron dos claros sectores ya conocidos: oficialismo y oposición.

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El senador que votó en contra, Manuel José Ossandón, asegura que la votación se habría tratado de “un engaño a la gente“ ya que el proyecto era antiguo. “Lo que querían era hacer este cruce entre estos senadores son malos porque no quieren que el agua sea un bien de uso público y nosotros somos los buenos que queremos que sí, entonces fue un engaño que no vi venir”.

Pero las acusaciones de mentiras van de un lado al otro. El senador Girardi, creador del proyecto y quien votó a favor de la iniciativa acusa que “quienes engañan a la gente son ellos, quienes privatizaron el agua son ellos”. Respecto a la votación que rechazó la propuesta con el doble de votos a favor, el senador del PPD es tajante al tocar el tema de votaciones que truncan avances constitucionales y dice que «en el proceso constituyente hay que declarar el agua como bien de uso público».

Pero ¿era este proyecto crucial para el resguardo del agua y la solución a la sequía? Para Girardi sí era un paso crucial sobre todo en un contexto de calentamiento global donde «debemos cuidar el agua en todos sus estados por eso también entran en el proyecto los glaciares que son la única fuente de agua dulce durante el verano».

El problema, en cambio, para Ossandón, es que el proyecto “no cambia nada” a los parámetros que hoy tiene el uso de agua en el país. “Para darle una solución completa a los pueblos que sufren con la sequía lo que hay que hacer no es cambiar algo de la constitución, sino corregir el Código de Aguas, ver una mesa técnica”comentó. Para el creador del proyecto el derecho al agua debe garantizarse en la Constitución porque así no sólo hay respaldo para otras leyes sino que también hay más facilidad de protección.

Respecto a los derechos de agua, también hay discrepancias. Para Ossandón actualmente los derechos de agua no son a perpetuidad y tienen un rol clave para los pequeños agricultores ya que “pueden mostrar sus derechos de agua y pedir créditos con ellos para sacar delante el emprendimiento” y con esto lo podrían perder. Para Girardi, sin embargo, la iniciativa no contempla quitar derechos de agua, «esto no se trata de expropiación que es lo que han estado diciendo». «Las empresas mineras tienen a concesión agua estatal y nunca han tenido problema para usarla», argumentó.

Sin embargo, parece que la batalla no termina aquí. «Como somos precavidos ya está hace tiempo ingresado otro proyecto de Ley que declara el agua como bien de uso público y está en la Comisión de Constitución», aseguró a Publimetro el senador Girardi, por lo que están a la espera del cumplimiento de los plazos.

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¿Qué dice el proyecto?

El proyecto de reforma a la Constitución tenía cuatro ejes claros. En primer lugar consagraba constitucionalmente el carácter de las aguas “en cualquiera de sus estados” como un bien nacional de uso público. Por consiguiente, la segunda medida era establecer que las concesiones a particulares del agua serán “serán siempre temporales y circunscritas a fines específicos, pudiendo estar sujetas al pago de patentes o tasas”.

En tercer lugar el documento garantizaba la priorización de los usos de agua y el resguardo de los usos comunitarios ancestrales. También se encargaba de asegurar la manutención de los caudales ecológicos. En cuarto lugar entra la legalidad y el resguardo de las comunidades que hoy sufren sequía o falta de agua por causas ajenas a la naturaleza. Se trata de contemplar la imposición de recursos de protección cuando se afecte de una u otra forma el derecho al agua.

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