El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, acompañó al Presidente Sebastián Piñera y a la Ministra Isabel Plá, en la ceremonia del Día Internacional de la Mujer, realizada esta mañana, donde se presentó el proyecto de ley que establece el control de monitoreo telemáticos para casos graves de violencia intrafamiliar.
PUBLICIDAD
La medida permite que, una vez realizada la denuncia y formalizado el agresor, haya un mecanismo efectivo, a través del monitoreo telemático, para controlar el cumplimiento la medida cautelar de prohibición de acercamiento a la víctima, especialmente en aquellos casos que son catalogados como de alto riesgo por el Ministerio Público.
Esta normativa, en concreto, promueve un monitoreo bilateral, incorporando un control de seguimiento a la ubicación del imputado o condenado, según corresponda, con objeto de alertar cualquier acercamiento a la víctima, que también estará localizada.
“En el año 2019, los tribunales dictaron más de 2.600 órdenes de alejamiento para agresores de mujeres, calificados como de alto riesgo, en el contexto de violencia intrafamiliar. Pero lamentablemente, con las herramientas que hoy tiene el sistema, no es posible controlar que esa prohibición de acercamiento se cumpla, razón por la cual hubo muchos casos donde las mujeres volvieron a ser agredidas. Con esta iniciativa, impulsada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Ministerio de la Mujer, vamos a controlar a distancia, y de manera eficiente, que se cumplan estas medidas, para proteger así a todas las personas que son víctimas de agresiones por parte de sus parejas”,
explicó Hernán Larraín.
Casos de prisión preventiva
Al 31 de diciembre de 2019, las cárceles chilenas albergaban a un total de 43 mil personas. De este número, casi 15 mil casos correspondían a imputados que estaban en prisión preventiva, lo que representa a un 33% de la población penal, y da cuenta del excesivo uso que se le da a esta medida cautelar por parte del Ministerio Público y tribunales.
Como una forma de remediar esto, el proyecto de ley también establece tres casos concretos en que la prisión preventiva se pueda cumplir bajo la modalidad de arresto domiciliario total, controlado a través de dispositivos de monitoreo telemático.
1) Cuando el imputado sea una mujer embarazada o una madre que tenga un hijo o hija a su cuidado, que no haya alcanzado los tres años de edad: Este criterio se sustenta en el limitado acceso a atención obstétrica y ginecológica que existe al interior delas cárceles, y la escasa atención pediátrica a la que pueden acceder las mujeres con hijos pequeños, resguardando su integridad en periodos de embarazo o lactancia.
2) Cuando el imputado tenga 75 años de edad o más: La vejez es una etapa de la vida que se caracteriza por procesos degenerativos, tanto físicos como psicológicos, lo que impacta de forma negativa en el desempeño autónomo de la persona. La privación de libertad complejiza aún más este escenario. Las cárceles no cuentan con la infraestructura necesaria para albergar a una persona con movilidad reducida, y las exigencias del régimen disciplinario interno no son compatibles con las necesidades de esta población.
3) Cuando la eventual condena al imputado, sea una pena sustitutiva que se cumpla en libertad: Según estudios, de las prisiones preventivas decretadas el año 2017 y 2018, un 19,7% no terminó en condena y, de las personas que resultaron condenadas, un 34,1% fue condenada a una pena no privativa de libertad. Esto refleja que un importante número de personas estuvieron privadas de libertad sin haber sido culpables, o que, si bien eran culpables, el delito cometido no merecía una pena privativa de libertad, por lo tanto, esta medida se aplicará exclusivamente para los casos en que se cometan delitos de menor gravedad.