El Fondo Nacional del Adulto Mayor es un programa que financia proyectos a través de tres líneas de acción:
PUBLICIDAD
Autogestionado: Financia proyectos ideados, elaborados y desarrollados por organizaciones de adultos mayores, a través de concurso. Su objetivo es generar y desarrollar capacidades de autogestión, autonomía e independencia de los adultos mayores participantes.
Ejecutores Intermedios: Fomenta iniciativas presentadas por instituciones, públicas o privadas, que desarrollen acciones en favor de la autonomía funcional de los adultos mayores con algún grado de dependencia y que por ello requieren del cuidado de terceros para llevar a cabo sus actividades diarias.
Convenios Institucionales: Financia iniciativas desarrolladas por instituciones que trabajan con adultos mayores en situación de vulnerabilidad y que entregan servicios y apoyo complementario en el marco de la protección social.
¿Cómo postular al Fondo Nacional del Adulto Mayor autogestionado?
Este fondo Nacional del Adulto Mayor está dirigido a organizaciones que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener RUT.
- Contar con personalidad jurídica vigente.
- Que todos sus integrantes sean personas de 60 años o más.
- No podrán participar las organizaciones territoriales (juntas de vecinos) y otras organizaciones constituidas por personas menores de 60 años.
- No podrán ser adjudicados proyectos presentados por organizaciones que habiendo recibido financiamiento anterior, no hayan rendido los gastos correspondientes.
Los proyectos deben considerar uno o más de los siguientes objetivos:
- Contribuir a fortalecer la asociatividad, la organización y colaboración entre los adultos mayores.
- Favorecer la integración y la participación social de los adultos mayores.
- Generar acciones de voluntariado de adultos mayores para otros adultos mayores, mediante la entrega de servicios para facilitar y mejorar su vida.
- Favorecer hábitos asociados a la prevención en salud y el autocuidado.
¿Qué necesito para postular?
- Formulario de postulación. Puede descargarlo en pdf u obtenerlo en las oficinas regionales de SENAMA o en las gobernaciones provinciales. Si postula vía oficina deberá presentarlo en tres ejemplares impresos conteniendo todos los datos y documentos solicitados.
- Copia simple o fotocopia del Rol Único Tributario (RUT).
- Documento en el que conste la personalidad jurídica de la organización.
- Copia simple o fotocopia del certificado en la que conste la directiva vigente, y que acredite la personería del representante legal, según corresponda.
- Presentar listado con los datos de los integrantes de la organización que participarán en el proyecto (nombre completo, RUN y fecha de nacimiento), quienes deberán tener una edad igual o superior a 60 años, debiendo haber nacido con anterioridad a 1960. Este listado podrá ser firmado voluntariamente por los integrantes de la organización.
- Cotización por cada gasto que el proyecto se propone realizar, incluyendo los presupuestos de mano de obra y monitores o profesionales si es que el proyecto los requiere; adicionalmente, adjuntar las cartas de compromiso que correspondan, lo cual será evaluado en el ítem de evaluación técnica correspondiente.
- Copia del acta de la sesión de la organización en que se acordó la presentación del proyecto, firmada por los asistentes a la reunión.
- Fotocopia de la cédula de identidad de los beneficiarios del proyecto, en que sea posible constatar la fecha de nacimiento u otro documento legal que lo acredite.
- Cartas de compromiso de organismos u organizaciones externas, cuando corresponda.
- Copia de documento que acredita propiedad, arriendo, comodato o usufructo, cuando se solicite construcción, mejoras, reparación o equipamiento.
Los proyectos deberán ejecutarse en cuatro meses como máximo, contados a partir de la total tramitación de la resolución que aprueba el convenio de ejecución, salvo caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser autorizado por SENAMA. La fecha límite para la ejecución de los proyectos será el 30 de noviembre de 2020. La rendición de los proyectos deberá hacerse a más tardar el 21 de diciembre de 2020.