El Servicio de Impuestos Internos informó que, en conformidad a lo establecido en la Ley 21.210 que Moderniza la Legislación, también llamada Reforma Tributaria, desde ayer entraron en vigencia las modificaciones que introdujo la normativa al IVA y al Ciclo de Vida del Contribuyente, entre otras materias, subiendo el precio de servicios como Spotify y Netflix.
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De acuerdo a su rol, asociado a la implementación y ejecución de la ley tributaria vigente, el SII dictó el marco normativo necesario, realizando los procesos de consulta pública correspondientes, junto con desarrollar y adaptar las aplicaciones informáticas asociadas, para poner a disposición de los contribuyentes toda la información necesaria, facilidades y procedimientos para permitir el cumplimiento de las nuevas responsabilidades tributarias de forma oportuna e informada.
Lo anterior, en el contexto de emergencia sanitaria que vive el país, que ha requerido, en paralelo a la implementación de la Ley de Modernización Tributaria, que el SII deba poner a disposición de los contribuyentes -en un período de tiempo muy breve-, las medidas tributarias orientadas a apoyar a las personas y empresas afectadas por la contingencia, lo que ha sido posible gracias a la capacidad técnica, sello innovador y profesionalismo que caracterizan a los funcionarios Servicio.
Iva a los servicios digitales como Netflix y Spotify
Desde el 1 de junio los proveedores de servicios digitales, sin domicilio ni residencia en Chile, como Netflix y Spotify, deberán cumplir con su obligación de declarar y pagar el IVA a los servicios digitales que incorporó la Ley N°21.210.
Por ello, ya se encuentra disponible en sii.cl una plataforma que les permite registrarse, obteniendo un “Tax ID Number” (Número de Identificación Tributaria) y una clave para cumplir con la nueva obligación.
En la aplicación, los contribuyentes pueden seleccionar la moneda (euro, dólar o pesos) y periodicidad con que van a realizar el pago, que puede ser mensual o trimestral.
Como parte de su estrategia de cumplimiento tributario, el Servicio se encuentra realizando acciones de apoyo y orientación a estas empresas, a través de reuniones de los equipos técnicos y normativos del SII con los contribuyentes que deberán cumplir con esta obligación.
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Ello con el objetivo de explicar el proceso y aclarar sus dudas, acción que ha sido muy valorada, y que se mantendrá, continuando los contactos y la disposición a reunirse con cualquier contribuyente que lo requiera.
Trámites de la Reforma Tributaria 100% online
También desde ayer, los trámites asociados al ciclo de vida de los contribuyentes, tales como inicio de actividades, modificaciones y término de giro, podrán efectuarse 100% en línea a través de sii.cl, mediante una Carpeta Tributaria Electrónica.
Para ello, se habilitó una plataforma en sii.cl, en el menú de Servicios Online, que permite iniciar el trámite, adjuntar la documentación requerida e interactuar de manera remota con un funcionario, si es necesario, para concluir la solicitud en línea.
Para apoyar este proceso, el Servicio entregará especial apoyo a los contribuyentes desplegando, a través de sus canales remotos, toda la orientación y ayuda que se requiera para acompañar el cambio. Lo anterior, se hace hoy más necesario en el marco de la situación de emergencia que vive el país, ya que al realizar un trámite online se evita la concurrencia a las oficinas del SII.
Asimismo, en MiSii, sección personalizada del contribuyente, ya se encuentran disponibles nuevas opciones, como la posibilidad de obtener certificaciones o copias en formato electrónico de documentos presentados por el contribuyente ante el Servicio, y también la posibilidad de acceder a sus anotaciones.
Otra de las medidas implementadas consiste en que el contribuyente recibirá copia de sus notificaciones a su correo electrónico, por lo que es muy relevante que mantengan actualizados sus datos de contactos, lo que pueden hacer fácilmente en línea en MiSii.
Por otra parte, en el marco de la certeza tributaria, el Servicio implementó los cambios a la Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF) que establece la ley, y que implican que el procedimiento se lleve en un expediente electrónico, facilitando la solución de vicios o errores manifiestos y evitando dilaciones innecesarias. Asimismo, se establece un plazo de sesenta días desde la presentación de la petición administrativa para que el SII resuelva la solicitud.
Además, se establece un nuevo procedimiento a través del sitio web del SII para que cualquier contribuyente pueda realizar consultas normativas al Director del Servicio, definiendo la forma y plazos en que se emitirá la respuesta.
Devolución del IVA
Finalmente, las solicitudes de devolución de crédito fiscal de IVA del artículo 27 bis de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), que antes se realizaban en papel en las oficinas del SII, desde ahora podrán realizarse a través de internet mediante una aplicación disponible en el sitio web del servicio.
Adicionalmente, la ley disminuyó el plazo en que el Servicio debe pronunciarse sobre dicha solicitud de devolución, de 60 a 20 días hábiles contados desde la fecha en que reciba los antecedentes correspondientes.
Estos cambios se suman al que se incorporó el 1 de marzo de este año, rebajando a dos la cantidad de períodos tributarios durante los cuales se deben acumular remanentes de crédito fiscal para realizar la solicitud.