Coronavirus

Queda claro: Contraloría establece que “no es competencia de alcaldes el abrir o cerrar centros comerciales”

A través de un dictamen, el organismo explicó que dicha facultad “compete a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud”.

Tras diversos casos de alcaldes involucrados en la apertura o cierre de centros comerciales durante el estado de emergencia, la Contraloría General de la República emitió un dictamen para aclarar el marco legal correspondiente.

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«A propósito de consulta sobre la legalidad, determinamos que las facultades de los alcaldes/as no dicen relación con la posibilidad de ordenar el cierre o apertura de un centro comercial, mall o similar», manifestó el organismo a través de su cuenta en Twitter, agregando que «no es competencia de alcaldes/as el abrir o cerrar centros comerciales, ésta es facultad de las autoridades de Salud».

En lo específico, el dictamen firmado por el contralor Jorge Bermúdez se fundamenta en el artículo 4 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, para establecer que «el ordenamiento jurídico no ha dotado a las autoridades municipales de competencias que les permitan ordenar la apertura o cierre de centros comerciales».

Del mismo modo, el documento explica que «la fiscalización del cumplimiento de las medidas sanitarias que se adopten en el contexto de la emergencia provocada por el brote de COVID-19, compete a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, en conformidad con la normativa reseñada».

Cabe recordar que uno de los casos más controvertidos fue el que protagonizó el alcalde de Las Condes Joaquín Lavín, quien participó en un plan piloto para la reapertura del mall Apumanque, sin embargo tras un par de días decidió no autorizar el funcionamiento de dicho centro comercial.

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