La Corte de Apelaciones de Temuco, en fallo unánime, rechazó un recurso de protección interpuesto por un apoderado que buscaba suspender la mensualidad del colegio durante la cuarentena por incumplimiento de contrato.
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El fallo del tribunal de alzada estimó que no hubo vulneración de derechos constitucionales, ya que el colegio Pumahue ha seguido impartiendo clases de manera telemática desde el inicio de la crisis.
«Que considerando las circunstancias extraordinarias que vivimos en la actualidad, los servicios educacionales en los establecimientos públicos y privados, se han prestado y continúan desarrollándose, sólo que en una modalidad diferente, de manera remota y a través de los recursos tecnológicos disponibles», señala el fallo.
«En efecto, ésta es la forma que han tenido que adoptar los prestadores de servicios educacionales atendidas las restricciones e imposiciones de las autoridades sanitarias y educacionales», agrega el tribunal.
Desde el colegio, el rector del establecimiento, Franklin Ávila, señaló que «coincidimos absolutamente con lo resuelto por la Corte de Apelaciones, ya que no hemos dejado de impartir clases, sino que sólo lo hacemos de forma remota, la única manera posible en estos momentos de emergencia sanitaria».
El fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco se suma a los anteriores rechazos de solicitudes que otro grupo de apoderados del mismo colegio había presentado a la justicia.