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Corte de Apelaciones de Valparaíso fue clara: “No se pueden entregar menos de 100 litros diarios de agua por persona”

La Corte acogió un recurso de protección presentado por la Defensoría de la Niñez. Representaron niños y niñas de la comuna de Petorca. Les estaban entregando solo 50 litros diarios.

Durante la jornada de este martes, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió recurso que establece la entrega de un mínimo de 100 litros de agua diaria por habitante. La sentencia implica un severo revés para la autoridad sanitaria, la cual, en medio de la pandemia, insistía en que 50 litros eran suficientes. El recurso en cuestión, fue presentado por la Defensoría de la Niñez en representación de niños, niñas y comunidades de la comuna de Petorca.

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La decisión de la Corte, anula por falta de fundamentos y argumentos la resolución N° 458. Ésta fue dictada en abril de este año por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso. Dicha resolución dejaba sin efecto la entrega de 100 litros diarios a las personas y comunidades. Limitaba la entrega de agua a sólo 50 litros. Y también, reducía la disponibilidad de la misma para cumplir recomendaciones de prevención del contagio del coronavirus. Esto aplicaba en toda la región de Valparaíso.

«100 litros como piso mínimo»

La victoria para la Defensora fue destacada por el director de Greenpeace, Matías Asun. La organización apoyó a las comunidades afectadas por esta situación. «Este triunfo legal permite que la gente de Petorca y toda la región de Valparaíso sea provista de agua. El llamado es a su implementación inmediata. Los 100 litros son un piso mínimo, establecido legalmente, que debe estar garantizado para todo Chile. No respetarlo significa atentar contra los derechos más básicos de las personas», indicó Asún.

La organización además anunció que dentro de los próximos días presentará una invalidación de la resolución N°23 de 2019. Esto, ante la Seremi de Salud de Valparaíso. ¿Motivo? Solicitar que el mínimo de 100 litros aplique no sólo durante el Estado de Catástrofe, sino que sea permanente para todos los habitantes de la región. “Desde Greenpeace, hemos exigido desde el inicio de la pandemia una respuesta efectiva con un plan de liberación y distribución de aguas desde el gobierno. Por lo mismo, hacemos un llamado a las autoridades a reconocer la emergencia que se vive en los territorios privados de agua”, agregó el dirigente.

Desde la Defensoría celebraron el triunfo

A través de sus redes sociales, la Defensoría de la Niñez confirmó el triunfo legal. La Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, señaló que “estamos muy contentos de la resolución que ha dictado la cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, acogiendo nuestro recurso de protección que pretendía que se declarara arbitraria una resolución dictada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud que, precisamente lo que hacía, era dejar sin efecto otra resolución que aseguraba la entrega de a lo menos 100 litros diarios de agua para consumo personal de las personas de Petorca”.

Muñoz agregó que es un “fallo relevante, donde ahora queda vigente la instrucción de la entrega de 100 litros como un mínimo para poder vivir, especialmente en la situación de pandemia que vivimos. Además, es valorable porque considera el interés superior de niños, niñas y adolescentes y esperamos que la Secretaría Regional Ministerial de Salud ejecute pronto este fallo y entregue los 100 litros que corresponden”.

El fallo indica que “por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza la alegación de extemporaneidad y en cuanto al fondo, se acoge el recurso de protección deducido por la Defensora de la Niñez en favor de los niños, niñas y adolescentes de la comuna de Petorca que se individualizan y en contra del Ministerio de Salud y el Secretario Regional Ministerial de Salud, solo en cuanto o se deja sin efecto la Resolución N° 458 de fecha 16 de abril de 2020, dictada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de Valparaíso, por falta de fundamentación”.

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